Siempre he tenido respeto por quienes poseen la capacidad, tenacidad y paciencia para escribir un libro. Si ese libro es sobre temas de Derecho, mi respeto se incrementa, pues por lo común son cuestiones áridas, difíciles y no fácilmente comprensibles para cualquier ciudadano.
Por ello me resultó muy grato leer el libro: “El Presidente de la República (poderes y privilegios)”, escrito por mi buen amigo, el licenciado Jacinto Faya Viesca, quien a lo largo de su vida profesional ha dado a la luz pública un buen número de textos jurídicos sobre temas muy diversos. Éste, de manera especial, reviste características interesantes, porque analiza la figura presidencial no sólo en México, sino también en los Estados Unidos.
En este texto, Jacinto comienza por definir el concepto de Presidencialismo, precisando que este término corresponde acertadamente al Régimen Presidencial y distinguiéndolo del “Gobierno Congresional” y del Régimen Parlamentario, así como despojándolo de la idea peyorativa con la que se le identifica entre nosotros.
De ahí parte para analizar las causas del predominio del Ejecutivo en nuestro régimen y la innegable importancia que tiene en el ámbito político, pues debe recordarse, como nos lo recuerda Jacinto, que el presidente “es el único funcionario de la República elegido nacionalmente”.
Porque todos los demás servidores públicos o son electos en circunscripciones estatales y locales, o son de elección indirecta o de designación. Pero sólo el presidente es el resultado de una votación nacional.
Analiza igualmente, cuáles son las causas reales del predominio del Ejecutivo y entre ellas menciona “el interés primario del grupo en el poder de continuar, como grupo manteniéndose en el poder”. Pero ese mismo deseo puede llevar a ese grupo lo mismo a ejercer el poder en beneficio del pueblo que en su perjuicio, “llegando a la arbitrariedad y a la dictadura”.
El análisis que Jacinto hace en este libro es tanto descriptivo como justificativo. Nos explica las razones del presidencialismo. Las justifica en tanto que son necesarias para sustentar la gobernabilidad de un país y crear en el grupo social la idea de que la nación tiene rumbo claro y destino manifiesto.
De hecho recurre al método descriptivo hasta para explicar formas de comportamiento, como en el caso de George W. Bush, de quien dice que posiblemente su belicismo “se debe a que accedió al poder, no gracias al apoyo mayoritario del pueblo norteamericano... pues obtuvo menos votos particulares que el candidato Gore”. Y en efecto, se puede afirmar en términos generales que Bush es Presidente por resolución judicial de la Suprema Corte y no por voluntad mayoritaria del pueblo, por lo que no sería extraño que su forma de conducirse respondiera a esa circunstancia mediante la cual llegó al poder.
Al hablar de los poderes implícitos del presidente, en los cuales finca su fortaleza institucional, Faya sostiene que no están reñidos con su obligación de “guardar y hacer guardar” la Constitución. En efecto, una cosa es actuar fuera del marco constitucional y otra muy distinta hacer uso de esos poderes implícitos.
En ese sentido, el análisis que hace Jacinto del artículo 87 constitucional es de suma importancia e interés doctrinal, pues sostiene que la mencionada obligación que en el citado precepto se le impone al presidente “es también la más poderosa atribución de todas las que le concede (la Constitución): supone actuar en todos aquellos campos que le permitan conservar y custodiar la Constitución, es decir, guardar y hacer guardar la Constitución”.
En ese orden de ideas, en el artículo 87, que como sostiene Faya no ha sido explorado hasta ahora, se “le confiere al Presidente una gama amplísima de facultades, medios, instrumentos y apoyos para cumplir con los mandatos constitucionales impuestos a su cargo.... Esta autorización genérica, este artículo, es la fuente de los poderes implícitos del Presidente de la República”.
En las Palabras Finales de su libro Jacinto Faya analiza la actuación del presidente Vicente Fox a la luz de las mencionadas facultades implícitas y de la fortaleza que la Presidencia debe mostrar a los ojos del pueblo, la cual ha brillado por su ausencia en el presente sexenio.
Sostiene Jacinto que cuando un Presidente “desformaliza” la investidura presidencial, como lo ha hecho Fox, “lo primero que produce en el pueblo es un sentimiento de desencanto, de desconcierto y de desamparo”.
Así, a juicio de Faya Viesca, tres son las realidades fundamentales de las que el presidente Fox no ha tomado conciencia: Una, de la enorme importancia política y constitucional de su cargo, no sólo como Presidente sino también y lo que cala más hondo, como Jefe de Estado. Dos, no ha tomado conciencia de la trascendencia histórica de la institución presidencial. Y tres, tampoco tiene conciencia de los profundos sentimientos que todo Presidente ha despertado en el pueblo al través de nuestra historia.
En efecto, el pueblo, nuestro pueblo, quiere ver un Presidente que respete y haga respetar su investidura. Que se erija hacia el interior de la nación como un verdadero Jefe de Estado y que se le reconozca en el exterior como un Estadista. Que comprenda la trascendencia que tiene para el pueblo la Presidencia de la República. Que sea la encarnación viva de los sentimientos más profundos y significativos del elemento humano que compone nuestro Estado.
No obstante lo anterior, tenemos que admitir que la actuación integral de Fox está aún sujeta al juicio de la historia.
A todos estos temas impecablemente abordados, me permitiría sólo hacer una precisión. Al tratar el asunto del juicio (impeachment) para separar de su cargo a un presidente de los Estados Unidos, se afirma que: “En más de doscientos años, sólo una vez, en 1987, se intentó (sin llegar a culminar) en contra de Nixon”. Sin embargo, la historia norteamericana registra otro caso, el de Andrew Johnson, en 1868, quien fue juzgado y declarado inocente en el Senado por un solo voto.
Esta obra de Jacinto Faya Viesca es a mi juicio un excelente estudio de lo que es la institución presidencial y por tanto constituye una obra de consulta obligada para todo aquel que se quiera adentrar en los temas del Derecho Constitucional.