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Addenda/Prudencia y silencio

Germán Froto y Madariaga

Muchas veces me he arrepentido de alguna cosa que dije. En esos casos uno debe tener el valor y la humildad de reconocer sus errores.

En otras ocasiones, también me he arrepentido de haberme quedado callado. Pero a diferencia del caso anterior, ese arrepentimiento ha sido sólo en mi fuero interno, de manera que no me he visto en la necesidad de ofrecer disculpas a nadie, aunque mi conciencia me reproche ese silencio.

Por ello, debo reconocer que, como se afirma, el hombre es dueño de su silencio y esclavo de sus palabras. Cuando uno se queda callado no pasa de que se enfrente a ese reproche interior. Pero cuando habla, otros (y con razón) le pueden echar en cara lo que dijo.

Si esas breves consideraciones las trasladamos al medio político, lo que se dice cobra una mayor importancia, pues en razón de la difusión que los medios de comunicación le dan a las declaraciones de los políticos éstos se exponen al hacerlas y corren el riesgo de que les repliquen.

Además, las confrontaciones verbales lejos de conducir al establecimiento de diálogos, los destruyen o imposibilitan. Porque después, ya no es lo que hiciste, sino lo que dijiste y cómo lo dijiste.

Eso es lo que le está sucediendo al presidente Vicente Fox al confrontarse con los diputados del PRI, PRD, PT, PVEM y Convergencia que, contra el voto del PAN, modificaron y así aprobaron el Presupuesto de Egresos del Ejecutivo. Tan grande fue la molestia del Presidente que en la noche del jueves habló por televisión en cadena nacional y criticó a los diputados por “considerar que (la aprobación) derivó de un reparto partidista, incongruente e inviable que dificultará las tareas del Gobierno”.

Los acusó además, de sustituir el presidencialismo por un “parlamentarismo irreflexivo” y añadió: “Impugnaré este proyecto (sic) por incongruente e inviable”.

Al margen de si el Ejecutivo tiene o no razones para cuestionar el Presupuesto de Egresos aprobado por la mayoría de la Cámara, a mi juicio no debió ser él quien diera a conocer el sentir de la Presidencia, sino el secretario de Hacienda, Francisco Gil, o Eduardo Sojo en su carácter de coordinador de Políticas Públicas.

Al ser el Presidente quien directamente se enfrenta a los diputados agota de un golpe la última instancia de negociación, suponiendo que ésta se pudiera entablar con el fin de llegar a acuerdos entre la Cámara y la Presidencia.

No obstante que el Ejecutivo haya actuado en forma poco prudente la posibilidad de establecer ese diálogo debe permanecer abierta, porque al margen de qué instancia de Gobierno tenga la razón, si alguna de ellas está equivocada es el pueblo el que sufre las consecuencias y eso no se vale.

Llama también la atención el que Fox hable de que impugnará la decisión de la Cámara, pues no se advierte al través de qué medio pueda formular esa impugnación. Seguramente por ello y porque los asesores jurídicos del presidente todavía no le encuentran la cuadratura al círculo, es que Fox habló sólo de impugnar, pero no dijo cómo o al través de qué medio lo haría.

Y es que el problema está en que el artículo 72 de la Constitución General que en distintos incisos regula el derecho de veto hace alusión a que éste se puede ejercitar por el presidente en tratándose de leyes o decretos, es decir de actos positivos emitidos por el Congreso de la Unión.

En la medida en que el Presupuesto de Egresos no es un acto del Congreso, sino sólo de una de las cámaras (la de Diputados, que en exclusiva tiene esa facultad), el mismo no puede ser vetado por el presidente. El presupuesto es, entre otros, de esos actos respecto de los cuales resulta improcedente el veto presidencial.

En virtud de que el presidente Fox no especificó por qué medio impugnaría el presupuesto y ante la imposibilidad jurídica de que haga uso del derecho de veto, es factible preguntarse si puede recurrir a la interposición de una controversia constitucional, en razón de que se presenta una divergencia entre el Ejecutivo y una parte del Legislativo (Cámara de Diputados), mecanismo éste que está previsto en la fracción primera, inciso c) del artículo 105 constitucional.

Considero que no es el caso y por lo tanto no podría promoverse una controversia constitucional, porque ésta es procedente cuando un poder afecta a otro en su esfera de competencia, esto es, cuando existe una invasión de competencia entre poderes o en el caso del legislativo, entre una de sus cámaras y un poder (el Ejecutivo).

En tal caso, si para que proceda la controversia es presupuesto indispensable que el ámbito competencial del órgano que la interpone haya sido afectado y la Cámara de Diputados actuó en uso de sus facultades, la controversia deviene improcedente.

Creo que el presidente Fox actuó de manera imprudente y al actuar como lo hizo casi cerró las puertas para una negociación que le permita darle al conflicto una salida política negociada.

Por ello, lo más conveniente era que el Presidente hubiera guardado silencio y de ello no se arrepentiría, cuando menos públicamente.

En las condiciones actuales y por lo que dijo, corre el serio riesgo de arrepentirse.

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