Diversas organizaciones privadas han convocado para este fin de semana a la realización de una marcha silenciosa por las calles del Distrito Federal y esa misma forma de manifestación se repetirá simultáneamente en muchas ciudades de la República, entre ellas Saltillo y Torreón.
Independientemente de la mayor o menor seguridad que exista en nuestras ciudades del país, es innegable que la ciudadanía está fundadamente preocupadas por los niveles de inseguridad que se presentan en algunos lugares como la ciudad de México o Tijuana y que en ejercicio de un derecho constitucional hará sentir a las autoridades hasta qué grado está preocupada por el avance de la delincuencia.
En el documento denominado: “Rescatemos a México”, esos organismos dan a conocer diez puntos que consideran deben atenderse por parte de las autoridades a fin de reducir a niveles admisibles un problema como el de la seguridad pública, pues pretender erradicarla sería tanto como querer vivir en un mundo ideal.
Entre esos diez puntos hay algunos que es conveniente comentar pues su implementación es compleja, con la mención anticipada de que los más importantes requieren recursos para su puesta en ejecución y el pueblo no está dispuesto o en condiciones (como se le quiera ver) de aportarlos vía impuestos.
En materia de derecho, destacan puntos como el que demanda que: “Ninguna denuncia debe archivarse o declararse el no-ejercicio de la acción penal sin el consentimiento de la víctima”.
En nuestro sistema el ejercicio de la acción penal corresponde al Ministerio Público y aunque éste está obligado a fundar y motivar sus determinaciones y éstas son revisables, en algunos casos, por instancias superiores, es evidente que no se puede dejar al arbitrio de los particulares una decisión de esa naturaleza, pues ¿qué sucedería en los casos de denuncias falsas o de aquellas que no son constitutivas de delitos? ¿Se dejaría el expediente abierto por la falta de consentimiento del supuesto ofendido, para desecharlo?
“Penas ejemplares para el Ministerio Público (sic) que otorgue libertad caucional a presuntos responsables, sin verificar si se trata de reincidentes o existen órdenes de aprehensión en su contra, así como cuando se nieguen a iniciar una averiguación previa”. A este respecto conviene señalar que la facultad de fijar caución a un delincuente la tienen los agentes del MP sólo tratándose de delitos menores, nunca en el caso de los graves y obviamente es bajo su estricta responsabilidad, de manera tal de que si actúan mal deben ser sancionados y hasta pueden ser separados de su cargo y esto ya existe en la legislación.
Por lo demás, aunque no es esa la intención, si no se establece la posibilidad de que, en ciertos delitos, se pueda obtener la libertad mediante caución, las cárceles estarían mucho más saturadas de lo que ya se encuentran.
“Privilegiar el juicio oral, haciéndolos abiertos y públicos, introduciendo el uso de jurados, jueces de instrucción, jueces de sentencia y otras alternativas que garanticen justicia pronta y expedita para las víctimas”. En cuanto a privilegiar el juicio oral no le vemos más problema que el de capacitar a jueces, abogados y jurados para lograr el objetivo pretendido. Pero en lo relativo a contar con instalaciones adecuadas y más personal (jueces de instrucción), aunque hay esfuerzos serios en le primer caso, para el segundo se necesitan recursos económicos y no advertimos que se proponga de dónde se pueden obtener éstos.
El que los procedimientos sean públicos, eso ya está en muchas leyes y como ejemplo baste con citar el artículo 156 de la Constitución local en el que claramente se establece que: “Las actuaciones judiciales serán públicas y por excepción secretas, cuando así lo exijan la moral o el interés público”.
Sin embargo, es válido preguntar: Si la gente y los interesados en las actuaciones judiciales, sobre todo en las audiencias, quisieran acudir a los tribunales, ¿en qué espacios físicos lo podrían hacer, si no hay lugares apropiados para ello? Y el construirlos tiene también un costo.
Un punto muy importante entre los diez que menciona el documento, es el referente a: “Fomentar la cultura de la legalidad desde la primaria”, lo que en otros términos implica educar a la niñez a fin de cambiar nuestra forma de actuar en sociedad. Pero no podemos pedir que esa tarea les quede sólo a los profesores. Porque de nada servirá lo que se les diga en la escuela mientras vean otra cosa en su casa y en las calles.
Es aquí donde debemos preguntarnos: ¿Qué estamos haciendo nosotros por contribuir a que exista menos inseguridad, impunidad y corrupción?
¿Somos capaces de predicar con el ejemplo? ¿Estamos dispuestos a apoyar a las autoridades o sólo exigimos de ellas que resuelvan los problemas que en buena parte nosotros hemos contribuido a generar como sociedad? ¿Están dispuestos los medios de comunicación a dejar de hacer apología de la violencia para contribuir a ese propósito?
Las sociedades fuertes se construyen en conjunto, es decir, comunidad y Gobierno. Ni la comunidad sola puede generar un Estado fuerte, ni el Gobierno solo lo puede hacer. De la sociedad surge el Gobierno, pero éste poco podrá hacer si aquélla no cambia sus formas de ser y de actuar.
Se requiere entonces la conjunción de esfuerzos; de la coordinación entre pueblo y Gobierno y de la determinación de metas claras y objetivos definidos a fin de rescatar a México y construir la sociedad que queremos para el futuro.
Hay que exigir, sí. Pero también hay que estar dispuestos a dar para crear un futuro promisorio.