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Amenazante gentileza fiscal

Miguel Ángel Granados Chapa

Ante la ambigua reacción que (me) provoca su texto, lo califico con dos adjetivos contradictorios: un mensaje del Servicio de Administración Tributaria, distribuido este mes en que las personas físicas deben presentar su declaración anual de impuestos, resulta al mismo tiempo amable e intimidatorio, gentil y amenazante. Puede ser tenido como un modo de terrorismo fiscal, practicado con suaves palabras, o como la caricia de un puño crispado cubierto con un guante de terciopelo. Juzgue usted.

Bajo el rubro “Se le formula invitación para atender la recomendación que se indica”, se lee lo siguiente: “El Servicio de Administración Tributaria acorde con el programa de trabajo de la Administración general de Auditoría fiscal federal, ha establecido procedimientos de verificación masiva para comprobar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. En tal sentido, se tienen previstas acciones específicas para aquellos contribuyentes que no han sido auditados en los últimos años y usted ha sido seleccionado por colocarse en ese supuesto. “De acuerdo con lo anterior, se le informa que su declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio de 2003, será revisada minuciosamente, por lo que le recomendamos poner especial atención en el correcto reporte de sus ingresos, así como de sus deducciones manifestadas en dicha declaración. En tal sentido y en caso de que la autoridad fiscal encuentre discrepancias en su declaración, se le requerirá información adicional o se le programará una auditoría por el ejercicio en que presenta la declaración anual, misma que puede hacerse extensiva a ejercicios anteriores, de conformidad con lo que establece la fracción VII del artículo segundo de las disposiciones transitorias del Código fiscal de la Federación, contenida en el decreto por el que se reforman diversas disposiciones fiscales, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 2000. “Sobre el particular, se le señala que de no atender esta recomendación, la autoridad fiscal podrá ejercer sus facultades de comprobación de conformidad con lo dispuesto en el Código fiscal de la Federación, por lo que se le reitera, que el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales le evitará sanciones y molestias innecesarias. “Por lo anterior y considerando que uno de los principales objetivos del SAT es el de fomentar una cultura de cumplimiento voluntario y oportuno y evitar molestias adicionales a los contribuyentes, se le invita a acudir por asesoría en la presentación de su declaración anual 2003 y para el llenado de la misma al Centro Nacional de Consulta y en los módulos de Asistencia al contribuyente de su localidad, o bien obtener información de apoyo en el sitio del Servicio de Administración Tributaria, www.sat.gob.mx y en los teléfonos 52 27 02 97 en el área metropolitana del DF y lada sin costo 01-800-904-5000 del interior de la República”.

Firma, “atentamente”, el administrador central de programas especiales, CP Eduardo Ramírez Schuetz.

En consulta con el despacho de contaduría que me permite cumplir escrupulosamente mis obligaciones fiscales, resolví pasar por alto la amable invitación que formula el SAT. Es probable que, aun en caso contrario, no hubiera podido recibir la asistencia anunciada, porque el número telefónico disponible para el DF y su área metropolitana da tono de ocupado permanentemente, cualesquiera que sean el día y la hora en que intente llamar. Lo he intentado repetidamente, por última vez y sólo para efecto de comprobar la veracidad de lo dicho, entre las 12.50 y las 13 horas del martes 20 de abril, lapso en que interrumpí la preparación de esta columna.

La extraña recomendación concreta el inquisitorial punto de partida de la legislación y la práctica fiscal mexicanas: la autoridad tributaria necesita comprobar lo dicho por los contribuyentes. No hay entre ambos una relación de buena fe. Por lo contrario, en principio el causante es proclive a la mentira, misma que debe impedirse, entre otros medios con esta advertencia que uno juzgaría innecesaria: esta vez mi declaración se revisará “minuciosamente”. ¡Hombre, haber sabido que antes no lo hacían! Hubiera podido ocultar ingresos o abultar deducciones. Ahora no podré hacerlo, porque sobre advertencia no hay engaño. Ni modo.

El riesgo de no proceder con el escrúpulo que ordena esta invitación-recomendación-amago es que si “la autoridad fiscal encuentra discrepancias en su declaración, se le requerirá información adicional o se le programará una auditoría por el ejercicio en que presenta la declaración, misma que puede hacerse extensiva a ejercicios anteriores”. No basta al Servicio de Administración Tributaria la recepción de los pagos mensuales de los contribuyentes para esperar de ellos congruencia respecto de esas parcialidades y la declaración anual. Como el causante en principio es desconfiable se apela a la intimidación, provocada por la sola mención de las auditorías. Casi todo desgraciado sujeto de obligaciones fiscales que las ha padecido vive una aproximación a las penas infernales.

No vacilo en referirme al hecho de haber recibido esta comunicación fiscal porque no trato de un tema que me implique personal y exclusivamente. Todos los destinatarios de este recado del fisco quedan tal vez en situación semejante, como lo están los contribuyentes que con trabajos y con costos (pues pagar impuestos es caro y difícil) cumplen su deber.

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