Las relaciones entre las personas y los bancos estuvieron por mucho tiempo amparadas en la secrecía y, por tanto, en eventuales casos de corrupción. ¿Alguien recuerda todavía el Fobaproa? Hasta muy poco tiempo la protección de los datos personales era un derecho conculcado precisamente por las instituciones de servicios financieros con la complicidad por acción u omisión de las instituciones del Estado. ¿Quién no recuerda, por ejemplo, las complicaciones que arrojó a todos el famoso buró de crédito? El problema era, en realidad, de información. No se trató sólo de aquellos casos de ausencia de pagos por parte de clientes de servicios bancarios, sino de inconvenientes para muchas personas que, en conciencia, tenían la convicción de que no debían un solo peso, y aun así aparecían en el buró de crédito.
El 15 de enero de 2002 se paliaron en alguna medida estos problemas al ser publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a través de la cual ahora cualquier persona puede saber su situación de manera gratuita (en el mismo Buró de Crédito, pero ahora regulado) y tiene el derecho para solicitar que se corrijan datos erróneos en su historia crediticia. Se trata, por supuesto, de una herramienta
importante para las personas, pues hoy en día puede identificar y, por ello, resolver dudas o incorrecciones en su historia crediticia.
En esa misma ruta, el 25 de julio pasado entró en vigor la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, que, al igual que la Ley de 2002, también le es importante a la persona común para la toma de decisiones que de manera directa afectan, para bien o para mal, su patrimonio. Veamos.
Primero. La Ley de 2002 como la reciente de julio de 2004, ponen de relieve que el derecho de acceso a la información no se limita a los organismos públicos, sino que también pueden ser sujetos obligados a informar personas de derecho privado, como sucede en varias leyes estatales de acceso a la información y en leyes nacionales como la de Ecuador, de mayo de este año, que incluso comprende a los organismos no gubernamentales. O por la vía jurisdiccional, como es el caso de México con el histórico fallo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Arturo Zárate Vite versus IFE, donde ahora será posible conocer los sueldos de los dirigentes de los partidos políticos. El punto importante en estos casos es la noción de interés público y el impacto del mismo en la toma de decisiones de las personas, en el más amplio sentido de la expresión.
Segundo. La Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros tiene como propósito “regular el cobro de comisiones, cuotas interbancarias y otros aspectos relacionados con la prestación de servicios financieros”, según señala el artículo primero de la citada Ley. Se ha discutido en los últimos días sobre si esa Ley impactará a la baja las comisiones referidas o no. Al respecto habría que decir que si bien expresamente esa normativa no prescribe reducciones, la información que permite poner en manos de las personas tendrá un efecto para homologar a la baja las comisiones y cuotas diversas de los bancos como un claro efecto del comportamiento del mercado. Y, en esa medida, una Ley de esta naturaleza beneficia a las personas y lo hace también a las instituciones financieras para generar una saludable competencia.
Tercero. Uno de los aspectos más visibles del mandato de la Ley en cuestión es la obligación de las instituciones financieras para informar a los usuarios de los cajeros automáticos en la pantalla las comisiones que cobran por su uso y solicitar el consentimiento del usuario antes de realizar la transacción. Este solo hecho permitirá a las personas premiar a los bancos con menores comisiones con su uso y castigar a los que cobran más reduciendo o eliminando su utilización. Esta información aparecía hasta hace muy poco en los estados de cuenta, una vez que se había utilizado el cajero sin tener información previa y clara sobre la comisión por el uso del cajero automático. De igual forma, la Ley obliga a que se aplique una comisión uniforme a todas las tarjetas independientemente de quien las haya emitido, pudiendo eliminar o reducir las comisiones si el banco propietario del cajero automático ha expedido esa tarjeta. Así también, la Ley prohíbe aplicar comisiones diferenciadas al hacer efectivos o depositar cheques, teniendo como criterio la institución financiera que expidió el cheque. Y obliga a los bancos a insertar mayor informaciones en los estados de cuenta.
Es saludable que se vayan dando estos primeros pasos en México que tienen como propósito dar a las personas el poder de contar con información, pues con estas acciones se da sentido al espíritu de la convivencia democrática. En esa misma lógica de la apertura, habría que congratularse porque finalmente se aprobó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla. Esta nueva normativa estatal no es perfecta ni muchos menos, pero tampoco es un caso de absurda regresión como la Ley de Veracruz que hace del acceso, la excepción y del secreto, la regla. En Puebla se ha logrado lo mejor de lo que fue posible y es un aceptable punto de partida para el derecho de acceso a la información pública, cuyo logro es una acción compartida, tanto por los esfuerzos de la sociedad organizada, los medios poblanos -particularmente escritos- y la sensibilidad política de los legisladores locales y del gobernador Melquíades Morales por atender -después de muchos desencuentros previos- los puntos de vista ciudadanos en este cuerpo normativo.
De la misma suerte, la maestra Fidela Navarro Rodríguez, académica de la Universidad de Guadalajara, acaba de publicar su libro Democratización y regulación del Derecho de Acceso a la Información en México (Fundap-Comisión Estatal de Información Gubernamental de Querétaro, 169 páginas, 2004). En esa obra, Fidela Navarro da su versión sobre lo que fue el Grupo Oaxaca con base en múltiples entrevistas y hace un análisis de la historia reciente de esta vertiente del derecho a la información en el país.
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