Averigurará justicia de España si hay procedimientos contra el ex militar en Argentina.
29 de septiembre 2004.
Madrid, (EFE).- La Audiencia Nacional española ha paralizado la causa que sigue contra el ex militar argentino Ricardo Miguel Cavallo hasta que la Justicia de su país diga si investiga los hechos por los que se encuentra procesado.
Cavallo, detenido en la ciudad mexicana de Cancún en agosto del 2000 a petición del juez de la Audiencia Baltazar Garzón, fue extraditado en junio del 2003 a España.
Según la justicia española, Cavallo, alías "Marcelo" o "Serpico", integró entre 1977 y 1980 el grupo de Tareas de la Escuela Mecánica de la Armada, un centro clandestino de detención donde presuntamente desaparecieron cinco mil personas y donde los retenidos eran sometidos a múltiples tormentos.
En un auto de la Audiencia, este alto tribunal encargado de los delitos de terrorismo, económicos y narcotráfico acuerda revocar el auto de conclusión del sumario contra Cavallo instruido por el juez Garzón.
El objeto de la revocatoria es que el magisrado envíe a Argentina una comisión rogatoria "para acreditar la reapertura del procedimiento de la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) y si están investigando esos hechos".
La sala atiende así la petición realizada por el fiscal Pedro Rubira, quien en su solicitud de revocación del auto de conclusión del sumario afirmaba que "es público y notorio que en la República Argentina, tras las derogación de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, han reabierto los procedimientos y encarcelado a los responsables de los delitos ocurridos entre 1976 y 1983".
Según Rubira, "uno de los procedimientos reabiertos en Argentina es el objeto del procedimiento español" contra Cavallo.
Para Garzón, "aparece acreditado" que Cavallo "participa presuntamente en forma directa y activa y tiene conocimiento consintiéndolas y coparticipando" en las detenciones, secuestros, "traslados", desapariciones, torturas físicas y psíquicas, con reducción a servidumbre, de las personas en la ESMA.
La sala estima ahora "razonable el planteamiento efectuado por el ministerio público en relación con la procedencia de libramiento de una comisión rogatoria a los efectos de completar determinados extremos que se afirman por el fiscal y que habrían de ser relevantes a los efectos de pronunciarse sobre la competencia de la jurisdicción española para el enjuiciamiento del procesado".
La resolución fue recurrida por las acusaciones particulares y populares personadas en la causa, pero el tribunal ha confirmado su decisión en un segundo auto en el que afirma que "no se pronuncia ni da la razón al fiscal en su planteamiento, sólo que estima que resulta legítimo que se haga lo solicitado".
"Lo que sí estima la sala -dice el auto- es que no es posible mantenerse en la ignorancia de lo que verdaderamente acontece en los procedimientos seguidos ante la jurisdicción argentina que puedan tener algún grado de relación objetiva-subjetiva con el que se sigue en España".
La decisión de revocar la conclusión del sumario, paso previo al enjuiciamiento del procesado, no se hará extensiva, sin embargo, a Adolfo Scilingo, el otro ex militar argentino encarcelado en España acusado de participar en los crímenes contra la Humanidad cometidos durante la dictadura en Argentina.
En una providencia notificada hoy, la sala explica que la petición del abogado de Scilingo de que también se paralice la causa que se sigue contra él no puede admitirse porque su caso ya se encuentra "en fase de juicio oral y únicamente pendiente del inicio del mismo una vez queden removidos o se alcen los obstáculos procesales existentes".