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Aseguran en Torreón más de 50 ?minicasinos?

JORGE RODRÍGUEZ ESTRADA

Detecta la Dirección de Control Reglamentario las maquinitas desde 2003 y lo que va del año

EL SIGLO DE TORREÓN

Torreón, Coah.- Más de medio centenar de maquinitas, de las llamadas ?minicasinos?, han sido aseguradas por la Dirección de Inspección, Verificación y Control Reglamentario, del año pasado a la fecha, aseguró el titular de la dependencia, Manuel Acuña Cepeda.

En total han sido 54 aparatos, de los cuales 24 fueron incautados en 2003 y 30 en lo que va del presente año, de diferentes comercios establecidos en esta ciudad, cuyos encargados fueron sorprendidos por el propietario de las maquinitas, del que se sabe son varios y todos foráneos, dijo.

Hasta el momento se tiene el nombre de uno de esos ?dueños? y que es Jesús López N., del que no se sabe nada más, ni domicilio ni empresa que representa, aseguró Acuña Cepeda.

Son ya varias las denuncias que se ha interpuesto ante el Tribunal de Justicia Municipal así como en la Procuraduría General de la República (PGR) a fin de que tomen cartas en el asunto y se le dé seguimiento al caso para dar con el o los propietarios de dichos artefactos, expresó.

?La dirección a mi cargo se encarga de verificar que todo esté dentro del reglamento correspondiente y lo que no, sea sancionado según la violación cometida?, aseveró.

El titular de la Dirección de Inspección, Verificación y Control Reglamentario, invitó a la ciudadanía para que denuncie la existencia y ubicación de dichos aparatos. De manera que pueda intervenir y seguir incrementando el número de denuncias en contra de quien resulte responsable, terminó diciendo.

REFRENTE LEGAL

De acuerdo a la Ley Federal de Juegos y Sorteos, las máquinas tragamonedas no deben funcionar en el país:

Artículo 1: Quedan prohibidos en todo el territorio nacional, en los términos de esta Ley, los juegos de azar y los juegos con apuestas.

Artículo 4: No podrán establecerse ni funcionar ninguna casa, o lugar abierto o cerrado, en que se practiquen juegos con apuestas ni sorteos de ninguna clase, sin permiso de la Secretaría de Gobernación. Ésta fijará en cada caso los requisitos y condiciones que deberán cumplirse.

Artículo 8: Se clausurará, por la Secretaría de Gobernación, todo local abierto o cerrado en el que se efectúen juegos prohibidos o juegos con apuestas o sorteos, que no cuenten con autorización legal, sin perjuicio de que se apliquen las sanciones que según el caso correspondan.

Artículo 12: Se impondrá prisión de tres meses a tres años y multa de quinientos a diez mil pesos, a quienes estén involucrados en el funcionamiento de esos negocios.

Artículo 13: Se aplicará prisión de un mes a dos años y multa de cien a cinco mil pesos.

I. A los que alquilen a sabiendas un local para juegos prohibidos, o con apuestas, o para efectuar sorteos sin permiso de la Secretaría de Gobernación;

II. A los jugadores y espectadores que asistan a un local en donde se juegue en forma ilícita.

FUENTE: Ley Federal de Juegos y Sorteos

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