El Departamento de Salud Ambiental de los Servicios de Salud de Durango (SSD) afirma que la única forma de que se vendan solventes y productos tóxicos en ferreterías es que pudiera existir falsificación de actas de verificación, pero lo consideró casi imposible, pues explicó que existiría contubernio entre el propietario de ferretería y el inspector o bien que haya negocios ubicados en la periferia de la ciudad que no tienen registrados.
Alejandro Real Martínez, titular de este departamento, que depende de la Dirección de Regulación Sanitaria, indicó que de acuerdo con la normatividad de la Ley General de Salud, todas las ferreterías que se dediquen a la venta de solventes e inhalantes deben mantener un control estricto de entradas y salidas que tienen que registrar en un libro y en éste debe anotarse el nombre del consumidor. También debe llevar una credencial de identificación, que es anotada en el libro.
El recorrido que realizó El Siglo de Durango durante el pasado fin de semana en algunas ferreteras ubicadas en el bulevar Primo de Verdad puso en evidencia que no existe ningún control por parte de los SSD en cuanto a las verificaciones que se realizan en estos establecimientos, como lo fue Ferrehogar y Central Ferretera.
Durante el recorrido, los mismos tenderos indicaron que sí hay visitas de los inspectores de los SSD, pero no llevan ningún libro de control, aunque refirieron sí tener cierto cuidado para la venta de solventes a menores de edad y a personas sospechosas y/o consumidoras.
Para Alejandro Real Martínez, las circunstancias que le planteó El Siglo de Durango son casi imposibles, pues manifestó que si existen visitas por parte de los verificadores, los establecimientos tienen que contar con un libro de registro de las personas a las que les venden los productos.
Una de las formas con las que los ferreteros podrían carecer de control de los solventes es que falseen la información, y al declarar sobre decir verdad si expenden esos productos indican en forma negativa, pero sí lo hacen, lo que puede provocarles serias sanciones.
Otra forma de que hubiera la posibilidad de no existir la adecuada verificación es la falsificación de actas o de datos, aunque ésta la consideró casi imposible, por lo complicado, donde tanto funcionario como ferretero tendrían responsabilidad, en caso de que sí fuera.
Y por último, la posibilidad que existe para que una ferretería venda estos productos es que no estén registradas ante los SSD, como las que se encuentran en la periferia de la ciudad. En este sentido, aceptó que no hay el suficiente personal para supervisar todos los establecimientos.
Para los ferreteros que se ubican en la periferia de la ciudad, las verificaciones que se realizan no significan nada, al señalar que existen demasiadas personas que utilizan solventes en estas zonas.
LEY
Actuación de autoridades
El artículo 254 de la Ley General de salud previene el consumo de sustancias tóxicas y el uso de inhalantes.
I. Determinarán y ejercerán medios de control en el expendio de sustancias inhalantes, para prevenir su consumo por parte de menores de edad e incapaces.
II. Establecerán sistemas de vigilancia en los establecimientos destinados al expendio y uso de dichas sustancias, para evitar el empleo indebido de las mismas.
III. Brindarán la atención médica que se requiera a las personas que realicen o hayan realizado el consumo de inhalantes.
IV. Promoverán y llevarán a cabo campañas permanentes de información y orientación al público, para la prevención de daños a la salud provocados por el consumo de sustancias inhalantes.
A los establecimientos que vendan o utilicen sustancias inhalantes con efectos psicotrópicos que no se ajusten al control que disponga la autoridad sanitaria, así como a los responsables de los mismos, se les aplicarán las sanciones administrativas que correspondan en los términos de esta ley.
FUENTE: Ley General de Salud.