Lerdo

Aún no pueden hacer públicas declaraciones patrimoniales

CRISTAL BARRIENTOS TORRES

EL SIGLO DE TORREÓN

CD. LERDO, DGO.- Será hasta cuando entre en vigor la Ley Transparencia y de Acceso a la Información Pública, cuando los funcionarios estarán obligados a dar a conocer a la ciudadanía las declaraciones patrimoniales que realizan al principio, durante y al final de cada administración municipal o estatal.

Marco Antonio Cárdenas, contralor municipal, señala que todos los funcionarios del Ayuntamiento de Lerdo, cumplieron con el ordenamiento regulado por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

?Ahora no hay una normativa que exija a los servidores que sus declaraciones deban ser públicas, todo eso es a voluntad propia, será hasta cuando entre en vigor la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública, cuando estén obligados a hacerlo?.

El contralor municipal considera que la transparencia y la rendición de cuentas de los servidores públicos debe ser una prioridad, ?manejamos recursos del pueblo, de tal manera que la ciudadanía debe saber qué es lo que tenemos, cuando entramos y qué cuando salimos?.

Tienen obligación de presentar declaración anual de situación patrimonial ante la Entidad de Auditoría Superior del Estado: la presidenta municipal, síndico, regidores, secretario del Ayuntamiento, tesorero y todos los demás funcionarios que hayan sido nombrados por Rosario Castro Lozano y ratificados por el Cabildo, así como aquéllos que manejen, recauden o administren fondos y recursos propios.

Hay tres informaciones que deben presentar cuando prestan servicio a la administración pública, es decir, las declaraciones de tipo patrimonial. La de inicio de cargo establece que los servidores públicos tienen 60 días naturales para poder presentarla, el día último de octubre venció el plazo para hacerla llegar a la Entidad Auditoría Superior del Estado.

La segunda declaración que deben presentar desde el primero de enero hasta el día último de mayo, es la de modificación patrimonial. La información corresponde a los ingresos obtenidos y los cambios que hayan tenido en el período que lleva cada servidor público.

La tercera es la de terminación de cargo: ?ésta nada más son 30 días que son del último de agosto al último de septiembre, todos los funcionarios salientes la presentaron en tiempo y forma?.

Marco Antonio Cárdenas explica que hay dos obligaciones que la Ley Orgánica del Municipio, regula para los funcionarios entrantes: una es para el síndico municipal, quien deberá vigilar que todos los servidores públicos cumplan en tiempo y forma la presentación de su declaración patrimonial.

La segunda establece que la Contraloría Municipal deberá coadyuvar en el cumplimiento, ?aun cuando es una responsabilidad de cada funcionario, nosotros tenemos la obligación de cuidar que cumplan?.

La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos considera dos tipos de sanciones: la que emita la Entidad de Auditoría Superior del Estado, quien considera de 100 a 600 salarios mínimos.

Si los servidores públicos reinciden y no la presentan en el tiempo que les otorgan al momento de fincarles la primera multa, se harán acreedores a la sanción máxima que es 600 salarios mínimos.

DETALLES

Hay tres tipos de declaración patrimonial:

De inicio de cargo

Anual

De terminación de cargo

Y deberán presentarla:

Presidentes municipales

Síndicos

Regidores

Secretarios

Tesoreros

Así como aquéllos que manejen, recauden o administren fondos y recursos públicos.

FUENTE: Investigación de El Siglo de Torreón

FRASE

TRANSPARENCIA

?La ciudadanía debe saber qué es lo que tenemos cuándo entramos y qué cuando salimos, las personas que manejamos los recursos públicos?.

Marco Antonio Cárdenas,

contralor municipal

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