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Cómo contraer matrimonio

CUAUHTÉMOC TORRES ALVARADO

EL SIGLO DE TORREÓN

Someterse a análisis clínicos es uno de los principales requisitos para casarse

TORREÓN, COAH.- El matrimonio ante una Oficialía de Registro Civil, es un contrato que obliga jurídicamente al cónyuge a cumplir con ciertos requisitos, sin embargo, también puede ser cancelado por distintas causales de divorcio, incluso puede ser anulado antes que el documento se firme por los interesados.

Uno de los principales requisitos es que la pareja debe someterse a diversos análisis clínicos y así comprobar el completo estado de salud de la persona, certificando que son aptas y están sanas para evitar procrear o contagiar a su cónyuge de alguna enfermedad grave o incurable.

Omar Rojas Zapata, licenciado en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Coahuila (UA de C), asegura que cuando uno de los interesados resulta positivo en las pruebas de VIH o Tuberculosis, el juez debe decidir si se efectúa o no el enlace.

?Por obligación el juez debe no permitir el matrimonio cuando existe en alguno de los interesados, una enfermedad que no sea curable. De inmediato se debe impedir porque se establece que para llevar a cabo este contrato las dos personas deben estar sanas y aptas?.

En el Código Civil de Coahuila se indica en el artículo 253 del Título Primero del Matrimonio en el Capítulo I de los requisitos para contraer matrimonio, que éste debe celebrarse ante los funcionarios que establece la Ley y con las formalidades que ella exige.

Para efectuar el contrato, el varón debe contar con 16 años cumplidos y la mujer 14 como mínimo siempre y cuando tengan el consentimiento mutuo de los padres y con la previa autorización del juez de Primera Instancia en Materia Familiar de la residencia del menor.

Una de las obligaciones para llevar a cabo la celebración es que los interesados asistan previamente al Taller de Orientación Prematrimonial implementado por las autoridades estatales, misma que deberá acreditarse mediante la presentación del documento autorizado.

Pero existen ciertos puntos que la gente debe conocer. En caso de que el ascendiente o tutor de alguno de los contrayentes que ya haya firmado la solicitud de matrimonio falleciere antes que éste se celebre, su consentimiento no puede ser revocado por la persona que en su defecto tendría el derecho de otorgarlo; pero siempre que el matrimonio se verifique dentro del término establecido por la Ley.

La diferencia entre una unión libre y matrimonial, es que la Ley exige al cónyuge cumplir ciertas obligaciones tales como la manutención de la familia, proporcionarles vestido, educación y vivienda entre otras.

La unión libre no está reconocida en la Ley, pero cuando en ésta existen hijos de por medio, el cónyuge sí está obligado a responder por su familia. Uno de los beneficios de contraer matrimonio es precisamente dar certeza y seguridad a los descendientes.

Algunos de los principales impedimentos para que dos personas contraigan matrimonio es la falta de edad requerida por la Ley, cuando no haya sido dispensada. También lo es la falta de consentimiento de quienes deben otorgarlo o de la autorización judicial en su caso.

El parentesco por consanguineidad sin limitación de grado en la línea recta ascendente o descendente, en la línea colateral igual, el impedimento se extiende a los hermanos y medios hermanos. En la colateral desigual, se extiende a los tíos y sobrinos, siempre que estén en el tercer grado y no hayan obtenido dispensa.

Pero existen causales de divorcio que pueden ser los factores principales para que una pareja ya no esté legalmente unida en matrimonio. Algunas de éstas son la bigamia, por enfermedad de gravedad, adulterio, cuando uno de los cónyuges obliga a otro a prostituirse.

?Pero también hay otros como el abandono de hogar, embriaguez habitual, la violencia, el uso no terapéutico de enervantes, estupefacientes o psicotrópicos, la muerte por alguno de los cónyuges y el no cumplimiento de la manutención de la familia?.

Aquí en Torreón, los lugares donde se pueden llevar a cabo estos contratos es en las oficialías del Registro Civil. El costo varía, pero en promedio se tiene que desembolsar poco más de mil pesos por los dos contrayentes.

El precio de las pruebas clínicas también presenta variaciones pero no de consideración. Por cada persona en promedio se erogan 165 pesos. Si los interesados desean que el contrato se realice en algún domicilio particular en lugar de las oficinas del Registro Civil, el costo asciende a cien pesos.

A ESCOGER

A continuación dos laboratorios en Torreón, los cuales ofrecen sus servicios de pruebas para llevar a cabo un enlace matrimonial.

*Nombre: Laboratorio Clínico Colón.

*Dirección: Allende 109 Oriente. Esquina con Degollado.

*Teléfono: 7-12-26-47

*Tipos de exámenes: VIH (Sida), VDRL, Tuberculosis, grupo sanguíneo y RH.

*Costo: $175.00 por persona.

NOTA: Presentar identificación. Precios sujetos a cambio sin previo aviso.

*Nombre: Centro Químico de Investigaciones Clínicas e Industriales.

*Dirección: Juárez 1020 Oriente.

*Tipos de exámenes: Grupo y RH, VDRL, VIH y Tuberculosis.

*Costo: $160.00 por persona. Entrega de resultados el mismo día.

FUENTE: Investigación de El Siglo de Torreón

REQUISITOS

Éstas son algunas de las condiciones que deben cumplir los interesados en contraer matrimonio por medio de un Registro Civil.

*Solicitud.

*Pláticas pre-matrimoniales en la sala de juntas de la deportiva de las 18:00 a las 20:00 horas o en Casa del Joven en Valdez Llano número 25 de la colonia Ampliación Los Ángeles de 12:00 a 14:00 horas los días martes y miércoles o jueves.

*Acta de nacimiento de los contrayentes recientes de 18 meses. Original y dos copias de cada una.

*Certificados médicos pre-nupciales que contengan resultados de sangre, VIH y Tuberculosis.

*Cuatro testigos (dos del novio y dos de la novia) con copia de las identificaciones de cada uno.

*Identificación de los contrayentes con copia de cada uno.

*Requisitos para el régimen de sociedad conyugal, tramitar capitulaciones ante un notario público y dar de alta ante el registro público de la propiedad.

*Presentar todo una semana antes del matrimonio.

*Costo del matrimonio:

Oficialía: $850.00

Domicilio: $950.00

FUENTE: Oficialía Segunda de Registro Civil

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