Durango

Condicionan autorización de carreras en festividades

Las carreras de caballos o peleas de gallos, con venta de bebidas alcohólicas, deberá dejar beneficios para la realización de obras sociales en los poblados donde se dé la anuencia para su realización.

Éste es el criterio que hará prevalecer el Ayuntamiento, dio a conocer Rosauro Meza Sifuentes, secretario de la Comisión de Gobernación, Normatividad y Legislación Municipal, instancia encargada de dictaminar estos asuntos.

Indicó que al año, el Ayuntamiento otorga entre 30 y 40 anuencias para estos eventos, y rechaza más de 40, del total de las solicitudes que se reciben para su dictaminación.

En días pasados, la Secretaría de Gobernación y el Ayuntamiento acordaron otorgar coordinadamente los permisos y las anuencias para la celebración de carreras de caballos y peleas de gallos.

El delegado de la Segob, José Isabel Villegas Piña, y el secretario del Ayuntamiento, José Luis Cisneros Pérez, acordaron que antes de que la Secretaría de Gobernación autorice un permiso, la solicitud deberá tener la anuencia del Ayuntamiento.

Al respecto, el regidor Meza Sifuentes reconoció que en estos asuntos de autorizaciones y anuencias para este tipo de eventos había faltado coordinación entre las dos dependencias, porque por una lado la Secretaría de Gobernación tiene facultades para autorizar carreras de caballos y peleas de gallos, pero por otro el Ayuntamiento es la instancia para autorizar la venta de bebidas de contenido alcohólico.

?Resultaba que una vez autorizado el permiso por la Segob, el Municipio no autorizaba el de la venta de bebidas alcohólicas, lo que afectaba a los organizadores, porque ya ni siquiera era costeable, no obstante que ya habían pagado el permiso federal, lo que repercutía en pérdidas?, dijo.

Por eso surgió la necesidad de estrechar comunicación entre el Ayuntamiento y la Secretaría de Gobernación, y el acuerdo que surgió es que para autorizar un evento de esta naturaleza se debería contar con la anuencia del Ayuntamiento, y el permiso para la venta de bebidas con contenido alcohólico, para en su momento, también brindar la vigilancia policiaca.

Esta medida representará mayor certeza a los ciudadanos que pretenden organizar este tipo de eventos, dijo el regidor. También destacó que existe la preocupación del Ayuntamiento para que las carreras de caballos o peleas de gallos dejen un beneficio a las comunidades, para que de las utilidades se apoye la ejecución de obras o programas de apoyo en los poblados, con lo que se dejarán recursos para la comunidad.

En las anuencias que se otorgan, dijo, la mayor parte de las entradas económicas por la venta de bebidas de contenido alcohólico son para obras de beneficio social.

La Ley

Los artículos 64 y 65 del Reglamento de las Actividades Económicas para el Municipio de Durango contemplan que la anuencia para la celebración de carreras de caballos y peleas de gallo será sólo otorgada en el caso de los festejos de aniversario o patronales de los centros de población, por una sola vez al año.

En el artículo 64 se establece que los Comités de Festejos de cada junta municipal, creados a instancia de las autoridades auxiliares municipales, serán los órganos que el Ayuntamiento avale como los responsables de organizar las fiestas o ferias de aniversario de su comunidad.

El artículo 65 señala que las solicitudes de permisos y el programa para las ferias o fiestas en las Juntas Municipales, que presente el comité de festejos, deberán presentarse ante el Ayuntamiento por lo menos con 30 días de anticipación, para su resolución.

El permiso sólo se otorgará una vez al año y no se concederán otros de naturaleza similar en el mismo lapso de tiempo que conlleven la venta de bebidas de contenido alcohólico.

También establece que cada Junta Municipal dará a conocer al Ayuntamiento la fecha de celebración de los festejos de su comunidad, esto con el fin de elaborar un calendario oficial de fechas de aniversario de los poblados del municipio.

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