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Consejeros verdes

Miguel Ángel Granados Chapa

No sólo Marco Antonio Gómez Alcántar, elegido sin satisfacer los requisitos legales miembro del consejo general del IFE, sino quienes el viernes pasado aprobaron los estatutos del partido de la familia González Martínez merecen el título de consejeros verdes, por su sesgo partidario mostrado esta vez en favor de esa organización política. Al considerar, contradictoriamente, que el nuevo documento se ajusta a la ley, pero es debido someterlo a algunos afeites, incumplieron la orden judicial a que estaban sujetos, en beneficio del PVEM, que de haber sido emplazado a reformar su estructura interna en un término de sesenta días habrá dispuesto de casi doscientos, más del triple del lapso inicialmente fijado por el Poder Judicial de la Federación.

Claramente triunfador de este lance, el Partido Verde festejó de inmediato al modo pugilístico a que lo inclinan la presencia de sus diputados Jorge Kawhagi y Fernando Espino, profesional y aficionado a los puñetazos: Arturo Escobar, autor de los estatutos modificables pero ya aprobados, fue llevado a hombros por el cumplimiento de su hazaña, que incluyó no sólo redactar el nuevo documento, sino hacerlo aprobar a dirigentes que, si lo conocieron, se enteraron de su contenido sólo minutos antes de su aprobación, que no requirió debate alguno. Es que los dirigentes verdes son menos exigentes que los consejeros electorales. Unos y otros aprobaron los estatutos, sólo que los segundos buscan que muden de lugar algunos puntos y algunas comas.

Aun antes de la sesión del 13 de febrero estaba lista esa resolución. Así me lo hizo saber Gustavo Lomelín Cornejo, coordinador nacional de comunicación social del IFE que se anticipó a los votos de los consejeros. En una carta fechada el 12 de febrero me informó que “el Consejo General del IFE acordó otorgar un plazo de 30 días para que el PVEM ajuste sus estatutos a los criterios de democracia interna establecidos por el TEPJF”. Sepan, pues, los integrantes de dicho consejo que siempre que sus necesidades lo exijan pueden abstenerse de asistir a las sesiones respectivas, porque previamente se determina qué resuelve “el consejo general”.

Tampoco deben afanarse en sustentar sus decisiones. Los sustituye en esa función el coordinador de comunicación social. Sólo que lo hace, lo hizo en este caso al menos, de modo erróneo. Según Lomelín Cornejo, el consejo no contravino la sentencia, sino que cumplió las funciones que la ley le confiere. (Nótese que todas las frases se refieren, el jueves, como ya ocurridos, a hechos que tendrían lugar el viernes).

Sí contravino el consejo, el viernes o cuando se tomó la decisión, la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Al estudiar y eventualmente aprobar los estatutos del Verde, el consejo no sólo ejercía sus atribuciones, sino cumplía una sentencia. Es a este acto jurídico particular, a su lógica y propósito, a los que debió someterse el consejo, y no lo hizo. El tribunal no ordenó la rehechura de los estatutos como una obligación aislada. Lo hizo para que, una vez aprobadas nuevas reglas, corra un plazo de seis meses (no de siete o más, como ocurre tras la resolución del consejo, que dio treinta días al PVEM para arreglar sus papeles) se realicen elecciones de dirigentes, ya que los actuales son espurios pues fueron nombrados con arreglo a los estatutos calificados por la propia justicia electoral como contrarios a los principios democráticos.

Dice el coordinador nacional de comunicación social en su carta del doce de febrero que la aprobación de los estatutos “puede no ocurrir en la primera revisión”. Y sin embargo, en este caso ocurrió a la primera revisión. Al hacerlo y del modo en que lo hizo, el consejo general concedió un doble beneficio a los dueños del partido y sus gerentes. Les brindó el triunfo político de la aprobación y al mismo tiempo les regaló un mes más para la afinación de los mecanismos que desembocarán en la sustitución de los actuales dirigentes... por sí mismos. Si antes el Tribunal no reprocha al consejo el modo en que eludió la sentencia, nada garantiza que dentro de 30 días sean satisfechas las objeciones formuladas por el órgano superior del IFE. Al cabo de ese plazo podría ser otorgado otro y otro y otro, en sucesión infinita.

La sentencia dispone que el Consejo “deberá informar del cumplimiento de esta ejecutoria a medida que se realicen los actos previstos en los resolutivos precedentes”. Hemos de conocer cómo se cumple ese resolutivo número cinco, porque previamente a la sesión se expresaron criterios dispares sobre la índole de las atentas súplicas que se hacen al Verde para que por favor se convierta en un partido democrático. Según cable de la agencia pública Notimex, el dictamen dispuso “cambios de fondo y no de forma”, mientras que para el consejero electoral Arturo Sánchez (a quien la sentencia del Tribunal reprocha su proceder, respecto de los estatutos antidemocráticos, mientras fue director ejecutivo de prerrogativas y partidos) “no son cambios mayores ni tienen qué ver con la vida interna del partido”.

Por lo demás, al cabo de la sesión del viernes, el IFE tiene dos secretarios ejecutivos, una y uno. La renuncia de Fernando Zertuche, que lo fue durante seis años, surte efecto sólo dentro de dos semanas, el primero de marzo. Y sin embargo el 13 de febrero rindió protesta María del Carmen Alanís, que lo reemplazará. Quizá comunicación social explicará que más vale que sobre y no que falte.

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