Penalizan la venta de embriagantes a menores de edad y fuera de horario
El secretario del Ayuntamiento, José Luis Cisneros Pérez, encontró exagerada la tipificación de delito a la venta de bebidas con contenido alcohólico fuera de horario que contempla el nuevo Código Penal para el Estado de Durango.
Asimismo, dijo que al Municipio de Durango no se le consultó sobre los nuevos delitos relacionados con la venta de bebidas alcohólicas que penalizan la venta a menores de 18 años y la venta fuera de horario.
Afirmó que ambos asuntos son muy delicados para las personas que se dedican a la venta de bebidas alcohólicas, y porque atañen a los 39 municipios de la entidad, debido a que son los que desde hace algunos años tienen el control para la venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico.
?El capítulo relacionado con la venta indebida de bebidas con contenido alcohólico es una parte que no se nos comentó; creo que a la mejor el Congreso pudiera decir que nos faltó interés a nosotros, los municipios, o alguna cosa así?, afirmó.
Pese a lo anterior, sostuvo que el asunto de los dos nuevos delitos ya se comentó con el Juez Administrativo y el titular de Inspección Municipal, partiendo del precepto jurídico de que la ley no se discute, sino que se aplica.
En el artículo 258 del Código penal se establece prisión de uno a cuatro años y multa de cien a 300 días multa y el decomiso de los productos a quien venda bebidas con contenido alcohólico a un menor de 18 años de edad y a quien venda fuera de los horarios que autorice la autoridad competente.
Cisneros Pérez afirmó que así como se tuvo la coordinación con la Dirección de Averiguaciones Previas para actuar contra el clandestinaje cuando fue tipificado como delito penal, así como la venta de bebidas con contenido alcohólico a ?ventanas clandestinas?, ahora se hará lo mismo para aplicar la ley.
Reconoció que las primeras actas de clandestinaje no avanzaban, por lo que se comenzaron a tener reuniones con la DAP, para ver qué es lo que no estaba bien o no les gustaba, y se sacó la conclusión de que faltaba que se remitiera el producto decomisado, que es el cuerpo de delito.
A partir de allí es cuando se comienzan a integrar las averiguaciones y se consigna a varias personas que están actualmente bajo fianza sujetas a un proceso penal por clandestinaje.
Opinó que le parecía bueno que se tipificara el delito de venta a menores de edad, porque hay personas dedicadas a expender bebidas alcohólicas que no miden las miden las consecuencias.
En el caso de la venta fuera de horario, dijo que es exagerada porque de acuerdo con las estadísticas hay personas que deberían cerrar a las 11 de la noche, pero se quedan a las 11:30 ó 11:45 de la noche, ?pero no hemos encontrado ningún caso en que permanezca abierto toda la noche?, añadió.
Finalmente, dijo que ambos ahora delitos anteriormente eran sancionados administrativamente, y que hay varios asuntos de esta manera que serán turnados a la DAP para su seguimiento.
VIGENCIA
Nuevo Código Penal
Con fecha 29 de abril de 2004, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado se publicó el nuevo Código Penal para el Estado de Durango aprobado por el Congreso del Estado el 1 de abril del 2004.
En el transitorio primero se establece que el nuevo Código entrará en vigor 60 días después de su publicación.
En el transitorio segundo se establece que una vez iniciada su vigencia, los ordenamientos legales que remitan a alguna disposición del Código Penal aprobado el 3 de julio y sus reformas se estarán a las disposiciones de este nuevo ordenamiento.