Durango

Declina TSJ abordar el caso Granadino

Magistrado presidente afirma que le ley debe interpretarse en sentido literal

La ley debe interpretarse y aplicar la norma para lo que fue hecha o para lo que se desea regular, y en sentido general, la ley debe descifrarse para atender el espíritu y fuerza de las cosas.

Si las normas son literales, ?se batalla menos? para llegar a su significado, dijo el presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), José Hugo Martínez Ortiz, quien declinó declarar sobre el caso de Carlos Granadino Loaeza, director de Regulación Sanitaria de los Servicios de Salud de Durango (SSD).

Para el magistrado y Presidente del TSJ, la ley, primero debe interpretarse en sentido literal, pero lo más importante es que se debe tomar en cuenta la norma para lo que se intenta regular, que es en donde radica su espíritu.

Cuando se le preguntó acerca de la flexibilidad que tuvo en su momento Carlos Granadino Loaeza, director de Regulación Sanitaria, sobre la aplicación de la Ley General de Salud, en cuanto al aseguramiento de medicamentos que se llevó a cabo en 1998 y que fueron devueltos, así como el no haber detenido las diligencias de muestreo de su concuño, Luis Enrique Nájera en 1996, al encontrar presuntas anomalías en camarón y pescado que no estaban siendo bien refrigerados, José Hugo Martínez dijo: ?no estoy enterado de lo que haya dicho él?.

Se le explicó la forma de operación de Granadino Loaeza en los asuntos, pero reiteró que sobre el tema no tenía una opinión, ni tampoco sobre lo que él puede interpretar o no.

Normas sanitarias

Por su parte, el titular de los SSD, Enrique Corral Corral, manifestó que las normas sanitarias deben determinar cuándo debe existir una sanción, cuándo debe asegurarse medicamento y cuándo deben tomarse otras medidas, y comentó que al hablar de anomalías en dos o tres paquetes o cajas, por error del establecimiento, no tiene que generar mayor problema.

Cabe recordar que en el Hospital Providencia en 1996, según información que proporcionó Juan Manuel Veloz, ex verificador de Regulación Sanitaria, se aseguraron 19 cajas; de ellas seis presentaban anomalías, pues les faltaban ampolletas, pastillas o tabletas. Fue el motivo por el que se aseguró todo el medicamento mientras se pretendía abrir una investigación.

Granadino Loaeza ordenó la devolución de los medicamentos, pues consideró que por tratarse de un hospital en el que laboraban religiosas y que tenían la suficiente probidad y honestidad, no debía proceder la diligencia.

En el caso del camarón y pescado, Granadino Loaeza impidió que se realizaran las muestras correspondientes, sobre el presunto producto de mar en mal estado, porque supuestamente se trataba de su concuño.

Al respecto, Enrique Corral Corral expresó que tal vez lo que quiso decir Granadino fue que la situación no era tan grave y no se refería a la flexibilidad de la ley; sin embargo, prometió que en un par de días más podría dar información más precisa al respecto, ya que presume que este asunto haya sido resuelto en la administración pasada en su momento. Incluso, estimó que podría ser reiterativo en este mismo asunto a Juan Manuel Veloz.

Resultados de cuentas de microorganismos que realizó el ITD del acta 100100501754 en 1996

Camarón y pescado sierra

· Se concluye que dicha muestra no cumple con el estándar sanitario ya que se encontraron tanto organismos coliformes totales como fecales, que es indicativo de contaminación de origen fecal y de ello la probable presencia de patógenos potenciales, lo que representa un riesgo para la salud.

Una muestra de camarón, distinta a estas otras, sí pasó la prueba y fue apta para el consumo humano; sin embargo, el producto de mar se encontraba junto con el que no lo estaba.

Fuente: actas proporcionadas por Juan Manuel Veloz, ex verificador sanitario. Exámenes de laboratorio realizados por el Instituto Tecnológico de Durango y acta de verificación de la entonces Subjefatura de Regulación Sanitaria.

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