Durango

Detectan más imprecisiones en Código Penal

Las irregularidades que presentan las modificaciones al Código Penal del Estado de Durango continúan y mientras en teoría resultan tener un significado, en la práctica es totalmente incongruente y limitante para la Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia, que ahora teme que no sólo las madres que no desean a sus hijos no acudan a casas de asistencia, sino que dejen abandonados a sus hijos en hospitales, terrenos baldíos y basureros.

Martha Edna Nogueira Huerta, titular de la Procuraduría, calificó como incorrecta la conducta del Congreso del Estado cuando realizó modificaciones al Código Penal, ahora en el artículo 310, párrafo tercero, en donde se señala que ?se tendrá por consumado el abandono aún cuando el o los acreedores alimentarios se dejen al cuidado de un pariente o de una casa de asistencia?.

Para Martha Edna Nogueira esta reforma es incorrecta e impráctica, pues aunque se contrapone a lo que se estima en el artículo 439 del Código Civil, en el que determina que debe existir un término de seis meses para declarar el abandono, es una medida imprecisa, pues no estima tiempos en el Código Penal, de tal modo que el solo acto de dejar a un hijo al cuidado de algún pariente podría ser utilizado como causal de delito, lo cual consideró como irregular.

Puso como ejemplo el caso del niño que fue abandonado en el Hospital General durante tres meses, del que informó el pasado martes. El menor nació prematuro y debido a que los padres no tenían dinero para sacar al bebé del nosocomio no se presentaban. Las investigaciones de la Procuraduría indicaron que los progenitores no se presentaban por temor a a ser detenidos, pero siempre enviaban a algún pariente para llevar medicamentos.

En este caso, en la práctica no hubo abandono, pues fue una causal económica la que impidió que el niño fuera rescatado del Hospital General, pero en caso doloso podría utilizarse como arma para despojar de ciertos derechos a alguno de los padres que está a cargo del niño.

Para que se registre el delito de abandono, en el nuevo Código Penal, debe entenderse que no se le suministraron alimentos o que no se tomó esta responsabilidad económica.

Martha Edna Nogueira indica que antes de esta modificación se tenían problemas con madres que dejaban abandonados a sus hijos, pero ahora con esta disposición legal habrá más problemas, pues impedirá que los hijos sean voluntariamente entregados a una institución de asistencia social y causará que sean abandonados en lugares públicos, lo que expone la vida de los menores.

El DIF Estatal mencionó al Congreso del Estado, antes de que se aprobara el nuevo Código Penal, que había contraposición con el artículo 439 fracción IV del Código Civil, en el que se señala la pérdida de la patria potestad cuando los menores fueron abandonados por más de seis meses, pero poco caso hubo al respecto por parte de los diputados.

MODIFICACIONES

Las sanciones del artículo 310

Las modificaciones del Código Penal del Estado de Durango en su artículo 310 estiman en su párrafo de sanciones que:

-?El padre que incurriera en este supuesto se le impondrán de dos a seis años de prisión y de tres a 150 días multa; privación de los derechos de familia y pago como reparación del daño de las cantidades no suministradas oportunamente?.

-La Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia considera que esta disposición puede manifestarse en actitud delictuosa, según estimación del Código Penal, en caso de que haya padres que viajen a los Estados Unidos por cuestiones de trabajo y que por ciertas causas no puedan enviar dinero por cierto periodo.

-También impedirá que los menores sean entregados a casas-hogar, que es una opción para los niños no deseados.

FUENTE: Investigación de El Siglo de Durango.

Leer más de Durango

Escrito en:

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Durango

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Clasificados

ID: 101268

elsiglo.mx