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Detienen a presunto corruptor de un menor

Luis Alberto Morales Cortés

“Pedro”, de 12 años, asegura haber sido obligado a sostener relación sexual con un adulto.

EL SIGLO DE TORREÓN

Gómez Palacio, Dgo.- “Pedro” tiene 12 años. La noche del domingo salió a con unos amigos a andar en bicicleta. Roberto tiene 17 años, invitó a los niños a las maquinitas. En vez de un local, “Pedro” fue llevado a una casa. Un sujeto de 33 años los esperaba a todos para “jugar”. El menor fue obligado a recibir sexo oral y sostener relaciones sexuales con el adulto.

En menos de una hora ocurrió la vejación. El padre de “Pedro” notó trastornado a su hijo. Su ánimo no era el mismo. Con la confianza que el niño tiene a su progenitor se logró conocer la verdad. Iracundo, el hombre buscó la aprehensión del presunto, mismo que fue enviado a la cárcel y está a disposición del Ministerio Público.

En la Secretaría de Protección y Vialidad se informó sobre la detención de quien dijo llamarse Arturo Alba Bustamante, de 33 años, vecino de la avenida Allende 905 sur, en la zona centro. El sujeto fue consignado por su probable responsabilidad en los delitos de violación, abusos deshonestos o corrupción de menores.

Acompañado de su padre, “Pedro” narró los hechos. Primero dijo que junto con sus amigos fue abordado por un tipo que conoce como Roberto. El joven les dijo que irían a jugar “Play Station”. Llegaron a una casa y un adulto los recibió.

El mayor de edad sacó la tornamesa de video y la empezó a conectar a una televisión. Los “invitados” esperaban y el hombre notificó que el aparato ya no quiso funcionar. Acto seguido, le dijo a Roberto que lo acompañara a otra habitación y salió después de unos minutos.

Fue entonces cuando “Pedro” fue obligado a pasar al mismo cuarto. Dice que el hombre los desnudó, en un televisor se veían escenas de una película pornográfica. El menor fue obligado a participar como sujeto activo en un acto sexual.

Según la denuncia, en la casa de Alba Bustamante estaban otros dos niños de 14 años que también hicieron lo mismo. Al final todos se retiraron y sólo “Pedro” tuvo la franqueza para hablar con su padre y ahora esperan que se finque la responsabilidad correspondiente.

¿Sale libre?

En la agencia del Ministerio Público de Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar, María Concepción Moreno Bocanegra, informó sobre la denuncia interpuesta contra Arturo Alba Bustamante, de 33 años. Aparentemente, al momento de la detención no hay flagrancia, el menor hizo el señalamiento, el hombre podría recuperar su libertad.

Para la representante social primero existe el delito de corrupción de menores, mismo que se fincaría contra el detenido o contra el joven conocido sólo como Roberto, de 17 años, quien llevó a “Pedro” a la casa donde ocurrieron las vejaciones.

Joaquín Saucedo Flores, subprocurador de Justicia en la Comarca Lagunera de Durango, dijo que se analizará el caso y que el agente del Ministerio Público puede reunir los elementos básicos para fincar responsabilidad penal al inculpado.

En el Código Penal del Estado de Durango, el delito de violación señala: “Al que por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo”, y también contempla que “si la persona ofendida fuera menor de catorce años, aún cuando aparezca que prestó su voluntad para la cópula, se considera que hubo violación.

Dentro de la descripción del delito, no se habla de sujetos activos o pasivos, sólo especifica el sexo indistinto y más adelante define el término de cópula. En este caso, el probable afectado desempeñó el rol de sujeto activo, además de ser menor de edad.

DELITO GRAVE

Las autoridades de la Subprocuraduría de Justicia atendieron una denucia por el abuso sexual de un menor de 12 años y buscan tipificar el delito. El arraigo es una alternativa para deslindar responsabilidades.

Violación

Artículo 392.- Al que por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá de ocho a 14 años y hasta cien días multa. Se entiende por cópula, la introducción del pene en el cuerpo humano, vía vaginal o anal.

Artículo 394.- Si la persona ofendida fuera menor de catorce años, aún cuando aparezca que prestó su voluntad para la cópula se considera que hubo violación y la pena será de diez a quince años de prisión y hasta de 150 días multa.

Corrupción de menores

Artículo 290.- Al que por cualquier medio procure, propicie, posibilite, promueva, induzca o facilite, el que una persona menor de edad o quien no tenga la capacidad para conocer el significado realice actos de exhibicionismo corporal, lascivos o sexuales, prostitución, ebriedad, consumo de drogas o enervantes, prácticas sexuales o a cometer hechos delictuosos, se le impondrá de dos a ocho años de prisión y hasta 200 días multa.

FUENTE: Código Penal del Estado de Durango

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