EL SIGLO DE TORREÓN
GÓMEZ PALACIO, DGO.- En opinión del regidor, Julio Castañeda Castañeda, es necesario llamar a cuentas a los diputados de Durango para que expliquen los motivos de su votación a favor del Presupuesto de Egresos a sabiendas que afectaría a los diferentes Municipios del Estado.
Ante la decisión del Ayuntamiento de presentar una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra del artículo octavo transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2004, en defensa de sus intereses jurídicos y económicos, el regidor señaló que los diputados que representan a los diferentes distritos de Durango deben dar una explicación.
El funcionario dijo estar de acuerdo con la presentación de una controversia constitucional porque el artículo octavo transitorio de la Ley de Ingresos, afecta no sólo a Gómez Palacio sino a todos los municipios del país.
Sin embargo, agregó, deben aclararse algunas cuestiones muy importantes porque la Ley de Ingresos la aprueba el Congreso de la Unión mientras que el Presupuesto de Egresos es facultad de la Cámara de Diputados.
“En todo caso hacia esas instancias se debe dirigir esta controversia constitucional, lógicamente se debe invitar a los representantes populares como a la diputada del Distrito 02 para que dé a conocer el motivo de su votación para aprobar esa Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos porque obviamente está afectando a la ciudadanía”.
El artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos explica que es facultad de la Cámara de Diputados examinar, discutir y aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación.
“En este caso fueron los diputados los que la aprobaron, por tal motivo es conveniente conocer el punto de vista de los diputados de Durango, que digan por qué votaron a favor a sabiendas de que afectarían al Municipio de Gómez Palacio”.
Según el regidor, los diputados deben estar conscientes de todo lo que están realizando porque a final de cuentas la democracia en el país es muy costosa y ellos fueron electos por los ciudadanos.
“Se les debe llamar a rendir cuentas para conocer si contemplaron la afectación que se hizo a los municipios porque aprobar estas leyes es facultad de la Cámara de Diputados”.
CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL
El procedimiento para interponer el recurso ante la Suprema Corte es el siguiente:
* La controversia constitucional se presenta en la Oficialía de Partes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por escrito, correspondencia o correo certificado.
* Es turnada a la unidad de controversias constitucionales con un número donde se determina por turno a qué ministro le corresponderá elaborar el proyecto de resolución.
* Una vez que es designado el ministro se conocerá de la controversia constitucional, le notificará a la parte demandante que tienen 30 días hábiles para responder la inconformidad presentada en su contra.
* Iniciado el proceso de instrucción ambas partes presentan las pruebas a su favor y en caso de requerirlo, el ministro que conoce del caso puede allegarse mayor información que le permita elaborar su proyecto de resolución.
* Después de estudiar y analizar el proyecto de resolución, el ministro ponente envía el documento aprobado a los demás ministros para que elaboren su propio dictamen sobre el caso, ya sea a favor o en contra proponiendo las modificaciones.
* Por último, el caso es listado para la discusión en el pleno de la Corte, donde los 11 ministros lo resuelven por unanimidad o mayoría de votos.
FUENTE: Investigación de El Siglo de Torreón