Hace dos años (se cumplirán pasado mañana) que los trabajadores de la Compañía Hulera Euzkadi están en huelga. En realidad, hace 766 días que se suspendieron las labores en la planta de El Salto, Jalisco, pues de modo unilateral el 16 de diciembre de 2001 la empresa, subsidiaria de la firma alemana Continental Tire, cerró sus puertas. Durante dos años el sindicato ha buscado satisfacción a sus demandas y promovido el reconocimiento de su derecho a la huelga, a través de un complicado proceso jurídico que quizá concluya pronto. Tres sentencias de la justicia federal pretendieron poner en orden a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje sin lograrlo hasta ahora. Un tribunal federal (el décimo colegiado de circuito en material laboral, en el DF) está por resolver el último recurso de la empresa. Es de esperarse que la resolución sea congruente con las que la precedieron.
Aunque la dirección empresarial comunicó a los accionistas que el cierre de la planta (y el traslado de sus operaciones a otra fábrica, en San Luis Potosí) se debió a que “dos años de esfuerzos por implementar estándares de producción internacionales... fracasaron por diferencias con el sindicato”, no tuvo la misma atención con los trabajadores. En su comunicación del 16 de diciembre de 2001 no explicó la causa de su decisión. Tal vez se habían agotado ya las razones y no era necesario expresarlas, pero se puso a la contraparte ante hechos consumados: la clausura de la planta y la consiguiente prohibición de acceso a los trabajadores y el depósito de las indemnizaciones, calculado unilateralmente, en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
Los trabajadores —un total de 1,164 en ese momento— rechazaron la decisión empresarial y la impugnaron legalmente. Emplazaron a huelga, que comenzó el 22 de enero de 2002. Parecía absurdo luchar con suspensión de actividades contra la suspensión de actividades. Pero obviamente, la demanda sindical buscaba obligar a la empresa a actuar en el plano bilateral en que se desenvuelven las relaciones laborales. Acaso por la insólita situación, o por la marcada tendencia del órgano federal de justicia laboral a desfavorecer las demandas sindicales, la Junta declaró no que la huelga era improcedente, como solicitó la parte patronal, sino inviable. Como una huelga no puede ser calificada de ninguno de esos modos (sino como existente o inexistente, lícita o ilícita), una jueza federal consideró en julio de 2002 que la de la Junta era “una resolución claramente ilegal” y ordenó celebrar la audiencia de calificación de la huelga que la Junta había omitido.
La empresa demandó la revisión de esa sentencia de amparo, pero en octubre siguiente un tribunal federal la confirmó y reiteró la necesidad de que las partes fueran citadas para la audiencia de calificación. Renuente a ser corregida, la Junta se tomó su tiempo para acatar la resolución de amparo, y al hacerlo en febrero de 2003 sólo pretendió refinar su argumento. Ya no calificó la huelga sino que consideró que la demanda sindical era improcedente y por lo tanto la huelga era inviable y no se la podía calificar de existente. Como lo había hecho en su primer laudo, pretendió dar el asunto por total y definitivamente concluido.
El sindicato demandó amparo contra esa resolución. No obstante que la audiencia constitucional en ese juicio de garantías se realizó el 24 de marzo, sólo el 23 de junio se concedió al sindicato la protección de la justicia federal. La sentencia ordenó a la Junta que señalara día y hora para la audiencia de calificación. De nuevo, ese órgano judicial laboral se abstuvo de cumplir el fallo, y abrió espacio para que la empresa, en pleno uso de su derecho, acudiera de nuevo a la revisión que hoy, cuando se cumplen dos de huelga, está por ser resuelta.
En ese lapso varios actores del conflicto han tomado nuevos derroteros. La mitad de los trabajadores han resuelto aceptar la indemnización ofrecida por la empresa, debido a sus urgencias económicas. Se mantienen en pie de lucha 607 trabajadores, a los que quizá se pretende llevar a aquella situación por la presión del tiempo. La empresa, por su parte, cesó al director general Daryl Hollnagel, acaso para mejorar las condiciones de la interlocución, ya que en la casa matriz en Berlín un grupo de accionistas críticos demandó, a instancias de la parte sindical, una revisión de la actitud de la parte patronal.
Igualmente causó baja el presidente de la Junta Federal, Virgilio Mena, tan reticente a acatar las sentencias de la justicia federal que obligarían a calificar la huelga. Su sucesor, Miguel Ángel Gutiérrez Cantú, está obligado a revisar la actuación de los funcionarios de la junta que han hecho perder el tiempo a los trabajadores y en general los del organismo que ahora encabeza. En otro ámbito de competencias, una empresa sueca anunció que se irá de Jalisco porque la Junta Local de Conciliación y Arbitraje no le proporciona certidumbre jurídica, deficiencia que a su vez padecen los sindicalistas de Euzkadi.
Ante la notoria falta de eficacia del órgano judicial federal, Continental Tire y el sindicato se aproximaron para hallar una solución al conflicto, que suponga la conversión de la empresa en una cooperativa. Han intervenido para bien funcionarios de Jalisco y de la Secretaría Federal del Trabajo. En buena hora que los trabajadores que han resistido encuentren un nuevo modo de seguir su vida productiva, lo que harán al margen de la justicia laboral.