Que yo recuerde desde el año de 1994 empecé a escuchar de los llamados precios de transferencia, año en que vivíamos del ?boom? de las maquiladoras textiles de exportación, ya que, se presumía que los márgenes de utilidad reportados históricamente por las empresas de este sector eran sumamente inferiores a los rendimientos reales que obtenían las empresas multinacionales al ubicar sus operaciones en México.
Diez años han pasado y es fecha en que nuestras autoridades fiscales, así como, las de otros países, mantienen un interés particular en que el intercambio de bienes y servicios entre empresas de grupos transnacionales se transfieran a precios de mercado para así evitar mermar la recaudación del impuesto sobre la renta.
Volviendo al punto medular; hablar de precios de transferencia es hablar de precios a los que dos partes relacionadas cuando una participa de manera directa e indirectamente en la administración, control o capital de la otra o cuando una persona o grupo de personas
Participan directamente o indirectamente en la administración, control o capital de dichas personas, se transfieren entre si diversos bienes o servicios, incluyendo entre otros la compra-venta de bienes tangibles (materias primas, productos semi-terminados o productos terminados).
Califica igualmente con la prestación de servicios (administrativos, de tesorería, de contabilidad y de asistencia técnica) el uso o goce temporal de bienes tangibles o intangibles tales como marcas, patentes o procesos industriales entre otros agréguele usted operaciones de financiamiento.
Todo lo anterior, se podía y se puede manipular a costa de una potencial merma de recursos fiscales para los Gobiernos de los distintos países en los que operan las multinacionales, por lo que, la respuesta ha sido implementar una serie de regulaciones en el marco de los impuestos sobre la renta ya que, si el precio de un bien o de un servicio vendido entre dos partes relacionadas no esta pactado a precio de mercado, necesariamente una de las dos partes estarán declarando un mayor o menor ingreso y en consecuencia la otra parte en un mayor o menor costo.
Año 2004, en materia de precios de transferencia falta mucho camino por recorrer, la idea es que las empresas multinacionales contribuyan de manera proporcional y equitativa al gasto publico mediante la carencia de manipulación de los precios a los que se transfieren bienes y servicios, para ello hay que llegar a reglas menos complejas sobre la materia y sino al tiempo.
?piensa asertivamente y acertaras?.