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Elección del ombudsman/Plaza Pública

Miguel Ángel Granados Chapa

Está en curso el proceso para ratificar o elegir al presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. El Senado de la República, a quien corresponde la designación, a través de su comisión respectiva, adoptó el 21 de septiembre un acuerdo para “desarrollar un procedimiento transparente y puntual” en este caso, y el primero de octubre emitió la convocatoria correspondiente.

El acuerdo considera la ratificación del actual presidente de la CNDH, José Luis Soberanes. La establece como primer paso para el nombramiento a que obliga la conclusión del cuatrienio para el que el doctor Soberanes fue elegido en noviembre de 2000. Las reglas lo eximen de una comparecencia ante la comisión legislativa correspondiente, con lo que el pleno senatorial, que debería pronunciarse el 31 de octubre por la ratificación con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes no contará con elementos formales para ponderar las bondades de la permanencia del ombusdman.

Sólo supletoriamente, si Soberanes no es ratificado, se integraría una terna de candidatos de entre los cuales el Senado elegiría a su sucesor. Sin embargo, la convocatoria de hace 12 días estableció un plazo de registro de propuestas para integrar las ternas, que concluye el próximo viernes. Con ese desfasamiento de los procedimientos los candidatos pueden resultar desairados aun antes de que se les escuche, si el 31 de octubre los senadores ratifican a Soberanes. Como quiera que sea, a título personal o presentados por diversas organizaciones civiles, se ha registrado ya, o lo harán de aquí al día 15, varias candidaturas a suceder al actual presidente de la CNDH. Evaluarlas tendrá sentido sólo si quedan en posición de presentarse primero ante la Comisión de derechos humanos del Senado y luego ante el pleno de la propia Cámara, una vez integrada la terna respectiva.

Por lo pronto, lo necesario es que la sociedad se manifieste sobre la eventual ratificación de Soberanes. Varias organizaciones civiles han aducido razones para lo contrario. Por ejemplo, la Comisión Mexicana de Promoción y Defensa de los Derechos Humanos (CMPDDH), realizó un Análisis técnico de la actuación en materia de recomendaciones de la CNDH. Ahí se recuerda que en los tres primeros años de la gestión del actual presidente, fueron recibidas casi quince mil quejas (14,801) de las que sólo poco más de un tercio (5,715) fueron consideradas como referidas a hechos presuntamente violatorios de los derechos humanos. Al número de quejas en esta condición correspondieron sólo 165 recomendaciones, menos del tres por ciento.

El estudio de la CMPDDH está de acuerdo con la afirmación del propio Soberanes de que no es conveniente emitir recomendaciones sólo por alcanzar una cuota sino formular sólo aquellas en que la CNDH “ha comprobado por sus propios medios la gravedad de la queja presentada por los afectados y la imposibilidad de resolverla mediante alguna otra vía legalmente permitida”. Pero en el análisis sistemático de las recomendaciones el estudio halló “inconsistencias en la calificación de los hechos” debido a la amplia discrecionalidad de los funcionarios que realizan tal calificación.

También es discrecional, e inconstante en consecuencia, la aplicación de instrumentos internacionales, que amplían la gama de los derechos protegidos por la legislación mexicana. También se imputa a las recomendaciones discontinuidad y dispersión “en la determinación de la responsabilidad de las autoridades, las sanciones, el pago de la indemnización, el reconocimiento del daño moral y las acciones restitutorias”. Y no se documenta “el seguimiento puntual y sistemático del cumplimiento de las recomendaciones”.

Por su parte, el Centro de derechos humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) presentó al Senado, el seis de octubre, un extenso documento que, como el de la CMPDDH no sólo diagnostica sino también formula propuestas para mejorar la actuación de la Comisión Nacional. En la primera parte de su presentación en Xicoténcatl. El Centro Prodh expone “criterios para la evaluación del desempeño institucional” de la CNDH o, “dicho de otra manera: diez razones para no mantener en el cargo al doctor José Luis Soberanes”. El Centro nutre su posición con sus propios estudios y con los realizados por el ITAM-Proyecto Atalaya, la asociación civil Fundar (encabezada por Sergio Aguayo que, en aras de la objetividad de su crítica ha renunciado a participar en el proceso a que nos referimos), el International Council for Human Rights Policy, y la citada CMPDDH.

Aparte críticas al desempeño de la función específica de la CNDH, las razones invocadas para demandar que Soberanes no sea ratificado incluyen información sobre el papel que ha asumido en el campo general de la gestión de derechos humanos. La Federación de los organismos públicos (comisiones estatales) se ha convertido, dice el Centro Prodh, “en un mecanismo de control y subordinación al actual titular”, quien hostigó a los presidentes de las comisiones de Jalisco, Querétaro y Chiapas al grado de propiciar su destitución. Y ha apoyado a organizaciones “más de carácter asistencial que de postura crítica y amplia trayectoria en la defensa de los derechos humanos. Su premio son los encuentros llamados Hacia un diálogo permanente, realizados en Puerto Vallarta en noviembre de 2003 y en Playa del Carmen, a principios de septiembre de este año, con todos los gastos pagados”.

Consideren los senadores estos análisis.

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