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MÉXICO, DF.-A partir de hoy, queda exento del pago de Impuesto Especial sobre Productos y Servicios e Impuesto al Valor Agregado, el incremento de hasta cinco centavos al precio de venta de cada cigarro que aplique la industria tabacalera, con el objetivo de donar esos recursos al Sector Salud para el tratamiento de enfermedades provocadas por el consumo del producto.
De acuerdo con el decreto presidencial que entrará en vigor este 31 de julio, el aumento que apliquen los productores o importadores de cigarros, puros o tabacos deberá ser aportado en su totalidad al fondo de protección contra gastos catastróficos, a los cuales se refiere la Ley General de Salud en su artículo 77 Bis 29.
El documento publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación establece que las aportaciones a dicho fondo se considerarán donativos deducibles, conforme lo señala la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
En su artículo Primero transitorio, el decreto indica que los ingresos adicionales que obtengan los importadores o productores de cigarros, por el incremento en el precio de enajenación de cigarros, deberán ser aportados en los 15 días siguientes a la constitución del "Fideicomiso del Sistema de Protección Social en Salud".
El 31 de mayo pasado, empresas tabacaleras firmaron con la Federación un acuerdo para aportar a partir de agosto próximo y hasta el 30 de noviembre de 2006, cuatro mil millones de pesos al Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos de la Secretaría de Salud.
Dichos recursos serán utilizados para brindar atención médica a la población de escasos recursos enferma por el consumo de tabaco.