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Extiende Hacienda el plazo

Salva a contribuyentes el día inhábil

MÉXICO, DF (Notimex).- Aunque el 30 de abril fue la fecha límite para que las personas físicas presenten su declaración anual de impuestos del ejercicio fiscal 2003, el plazo se corre hasta el próximo lunes tres de mayo y se podrá cumplir con esta obligación incluso el sábado y domingo.

El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que cuando la fecha límite para que los contribuyentes paguen sus impuestos sea viernes o día inhábil, se correrá el plazo hasta el siguiente día hábil, por lo cual para la declaración anual de 2003 será hasta el lunes próximo.

"Si el último día del plazo o en la fecha determinada, las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores o se trate de un día inhábil, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil", señala el CFF.

"También se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil, cuando sea viernes el último día del plazo en que se deba presentar la declaración respectiva, ante las instituciones de crédito autorizadas", agrega. Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, las autoridades trabajarán incluso este sábado y domingo, a pesar de que son días inhábiles, y atenderán a los contribuyentes en las oficinas locales del Servicio de Administración Tributaria (SAT), de las 9:00 a las 14:30 horas, pero sólo a quienes declaren en ceros.

Quienes tienen un saldo por pagar, deberán hacerlo ante las instituciones bancarias autorizadas, y quienes ya han presentado sus declaraciones anuales a través de Internet, tienen la obligación de hacerlo por esa misma vía.

En cuanto a las sanciones, si la declaración anual no es presentada se aplicará una multa de entre 700 pesos y nueve mil pesos, según el tiempo que tarde en hacerlo o si es requerido por la autoridad fiscal.

Si la declaración se presenta fuera de tiempo y tiene un saldo a pagar, a ese monto se le adiciona el efecto de la inflación y un recargo por no pagar oportunamente. Además, no tendrá derecho a devolución automática en caso de que tenga saldo a favor.

Los contribuyentes que están obligados a presentar su declaración anual por Internet y no lo hagan por esa vía, recibirán una mula de entre nueve mil pesos y 15 mil pesos.

Las personas físicas que presenten declaración anual de 2003 y les resulte cantidad a pagar en el Impuesto Sobre la Renta, podrán efectuar el pago hasta en seis parcialidades, mensuales y sucesivas, siempre que dicha declaración se presente a más tardar el 3 de mayo.

Las personas físicas obligadas a presentar su declaración anual 2003 son los asalariados con ingresos anuales superiores a 300 mil pesos, y los de honorarios, que incluye a quienes están inscritos al padrón por una actividad independiente, como médicos, abogados, dentistas o contadores, entre otros.

Los contribuyentes podrán hacer las siguientes deducciones personales: honorarios médicos y dentales; primas por seguros de gastos médicos; intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios para casa habitación; gastos funerarios; donativos; aportaciones complementarias de retiro y transportación escolar obligatoria.

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