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Hasta muertos deberán pagar

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MÉXICO, DF.- La Cámara de Diputados dio a conocer los lineamientos para préstamos a legisladores, denominados “anticipos de dieta”, que tendrán que liquidar aún cuando soliciten licencia o fallezcan.

A los diputados se les prestará hasta cinco meses de su dieta neta mensual (que es de alrededor de 65 mil pesos), a la que deberán deducirse, entre otros, los siguientes rubros: el seguro de separación individualizado, el monto de las resoluciones jurídicas y las aportaciones a los grupos parlamentarios.

Sólo se otorgará un anticipo al año y el préstamo será hasta por cinco meses pero sólo si se solicita durante los meses de abril y mayo, ya que si la solicitud es en junio y julio sólo se prestarán cuatro meses. Si el diputado hace la solicitud en agosto le prestarán tres meses; en septiembre dos meses y el octubre un mes. A partir de noviembre “no se otorgará anticipo alguno”.

Los lineamientos establecen: “En caso de fallecimiento del diputado, no quedará eximido del pago de su deuda, la cual será trasladada al grupo parlamentario”.

Los préstamos a los diputados que lo soliciten tendrán un interés mensual basado en la tasa de Cetes a 28 días publicada por el Banco de México (Banxico) el 30 de marzo de 2004, que es del 6.05 por ciento anual.

Esta tasa se ajustará si existe una variación en los Cetes, positiva o negativa, que rebase los 1.8 puntos porcentuales.

Para conseguir el anticipo, el diputado solicitante deberá obtener la autorización previa del titular administrativo del grupo parlamentario al que pertenezca.

Una vez obtenida la autorización, deberán firmar la solicitud de anticipo tanto el diputado como el titular administrativo, a efecto de notificar a la Secretaría General y ésta a su vez a la Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros para que se instrumenten las acciones necesarias para disponer de dichos anticipos.

En la solicitud de anticipo quedarán determinadas las retenciones mensuales e intereses que se aplicarán proporcionalmente sobre la dieta de los diputados a través de la nómina; el plazo a pagar por el anticipo otorgado será establecido por el propio diputado, mismo que no deberá exceder al diez de diciembre del mismo ejercicio fiscal.

En el caso de que el diputado solicite permiso al Pleno para separarse de su cargo como diputado federal, deberá, “invariablemente, saldar la totalidad de la deuda contraída con la Cámara de Diputados, antes de que se separe de su cargo; de no suceder así, será el grupo parlamentario al que pertenece el que deba finiquitar este compromiso”.

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