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Ignoran exportadores laguneros norma de embalaje

Por Virginia Hernández

El 26 de noviembre es la fecha límite para el cumplimiento de este criterio por parte de la Semarnat.

El Siglo de Torreón

TORREÓN, COAH.- El sector exportador de La Laguna estará en jaque si no cumple con las normas internacionales fitosanitarias en los embalajes de madera, los cuales son utilizados en el comercio internacional.

Tanto el sector automotriz, de la confección, metalmecánico y agropecuario, entre otros, tienen como fecha límite para el cumplimiento de la NOM-EM-144-SEMARNAT-2003 el mes de noviembre de 2004.

Jaime Carrera Acosta, director general de Grupo Carrera Acosta, informa que en La Laguna y en Coahuila es -hasta el momento- la única empresa certificada por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para el tratamiento de embalajes de madera, los cuales son utilizados en las exportaciones de productos.

Actualmente son pocos los empresarios del sector exportador que tienen conocimiento de este requerimiento para enviar al exterior sus productos, por lo que se avizoran grandes problemas en el undécimo mes del año, ya que no existe una gran difusión sobre esta norma y sólo existe una empresa de embalajes certificada en La Laguna, por lo que las mercancías podrían quedar varadas en frontera.

A nivel mundial

Jaime Carrera explica que México es parte contratante de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria de acuerdo con el Decreto Promulgatorio emitido por dicha Convención y aprobado por la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) el 17 de noviembre de 1997.

En materia fitosanitaria, se reconoce al embalaje de madera como una de las principales vías de introducción y diseminación de plagas y dado que con frecuencia resulta difícil determinar el origen del mismo, en marzo de 2002, la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria decidió adoptar la norma internacional denominada: Directrices para Reglamentar el Embalaje de Madera Utilizado en el Comercio Internacional, publicación número NIMF15.

La NIMF15 describe las medidas fitosanitarias para reducir el riesgo de introducción y/o diseminación de plagas cuarentenarias asociadas al embalaje de madera fabricado con madera en bruto de coníferas y no coníferas, utilizado en el comercio internacional, incluyendo una marca reconocida internacionalmente. De igual modo, se describen las medidas que han sido aceptadas y aprobadas a nivel mundial y que todos los países podrán aplicar al embalaje de madera para eliminar, casi en su totalidad, el riesgo de la mayoría de plagas cuarentenarias y reducir considerablemente el riesgo de otras plagas que puedan estar asociadas con dicho embalaje.

De acuerdo a la Semarnat en México se aplica esta norma oficial mexicana de emergencia y es requerimiento mundial, el cual se encuentra en un proceso de implementación gradual. Se aclara que una vez que cada país instrumente al 100 por ciento la aplicación de las medidas fitosanitarias establecidas en esta normatividad, podrá a su vez hacerlas exigibles al embalaje de madera utilizado en las importaciones a ese país.

En La Laguna

Relata el director general de Grupo Carrera que a raíz de la solicitud del servicio por parte de uno de sus clientes, se dedicó a investigar sobre los requerimientos que marca dicha norma y realizar los trámites correspondientes a partir de enero de 2004, tras su publicación el 26 de noviembre de 2003.

La certificación fue autorizada por Semarnat el 15 de julio de 2004, por lo que estima que a la fecha existen en el país cerca de 100 empresas con el visto bueno de esta dependencia.

El tratamiento especial que se le da a todo tipo de embalaje de madera para su exportación es a través de calor, con una temperatura interior de 56 grados centígrados, evitando con ello eliminar cualquier tipo de plaga que se encuentre en esta materia prima.

La inversión hecha de un horno para procesar 200 tarimas por ciclo (hora y media) es de 400 mil pesos.

Jaime Carrera apunta que a partir de enero de 2004, los socios comerciales de México –Estados Unidos y Canadá- ya comenzaron en aplicar dicha norma, por lo cual la fecha límite para los exportadores mexicanos es el 26 de noviembre de este año.

Se prevén grandes problemas en el país a la falta de una mayor difusión de este nuevo requerimiento de comercio internacional, el cual se puede traducir en mercancía detenida en frontera o la incapacidad de los fabricantes de entregar en tiempo los productos por la falta de empresas certificadas en la entidad, apunta el director general de Grupo Carrera.

Medidas adoptadas

Para la atención de este compromiso internacional y generar la normatividad nacional que permita iniciar en México el referido proceso de implementación gradual de las medidas fitosanitarias, la Semarnat publicó el 26 de noviembre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, la norma emergente “NOM-EM-144-SEMARNAT, que establece las especificaciones técnicas de la medida fitosanitaria (tratamiento) y el uso de la marca que acredita la aplicación de la misma, para el embalaje de madera que se utiliza en el comercio internacional”, para que a partir de enero de 2004, los exportadores mexicanos cuenten con la información y el acceso a la aplicación de las medidas fitosanitarias y al uso de la marca establecida en la NIMF No. 15

Dentro de los compromisos internacionales, se establece que tanto México no esté en condiciones de cumplir estrictamente con la referida normatividad internacional, por el momento ésta no constituye un requisito exigible para el embalaje de manera que se utiliza en las importaciones al país. Así mismo, para que cualquier otro país haga exigible a México la aplicación de esta normatividad, éste deberá cumplir con los procedimientos internacionales para hacerlo del conocimiento del resto de los países, por lo tanto, por el momento, tampoco constituye un requisito para el embalaje utilizado en las exportaciones mexicanas.

Sin embargo, el 25 de mayo de 2004 se publicó en el Diario Oficial de la Federación que en virtud de que actualmente subsisten circunstancias se prórroga por un plazo de seis meses contados a partir del 27 de mayo de este año, la vigencia de la Norma Oficial Mexicana Emergente NOM-EM-144-SEMARNAT, que establece las especificaciones técnicas de la medida fitosanitaria y el uso de la marca que acredita la aplicación de la misma.

En el caso del Grupo Carrera, se aplicó el número único: MX-301HT, el cual deberán tener cada uno de los embalajes que sean tratados en esta empresa lagunera, ya que de lo contrario no podrán pasar las normas sanitarias a nivel mundial.

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