“Abran todos los procesos judiciales. Entreguen sin ninguna restricción toda la información en ellos contenida. Y que no se nos responsabilice de ninguna forma por el manejo que de ella hagamos”.
La cita no es textual, a pesar del entrecomillado que es sólo para enfatizarla. Pero en esencia eso pretendía decir el abogado de un medio de comunicación nacional en la conferencia sobre justicia y medios de comunicación que convocó la Sociedad Interamericana de Prensa, a la que acudí hace unos días en la ciudad de México.
Desde luego que esa aseveración no fue compartida por todos los directores, redactores y representantes de medios de comunicación que ahí se encontraban y fue tajantemente rechazada por todos los presidentes de tribunales superiores de los estados y por quienes acudimos a esa reunión en representación de éstos.
En tres rondas distintas, especialistas en derecho, periodistas y editores, abogados y miembros de los poderes judiciales de la federación y los estados, participamos en forma abierta y decidida en un tema que es hoy por hoy uno de los más polémicos en los medios informativos nacionales.
La ley de transparencia federal y las que se han emitido en algunos estados, entre ellos Coahuila, limitan la información contenida en los expedientes judiciales de manera que no es posible tener acceso a toda la información ni a todos los expedientes.
Pero el pleno de la Suprema Corte fue más allá y dictó un acuerdo en el cual se establece que el acceso a los expedientes concluidos antes de la entrada en vigor de la ley federal no podrán consultarse sino hasta que hayan transcurrido 36 años, lo cual efectivamente hace que se pierda la esencia de ese derecho.
Por otra parte, en voz del presidente de la Suprema Corte, ministro Mariano Azuela, se insiste en que el Poder Judicial Federal ha sido transparente desde hace siglos, pues hace públicas sus resoluciones al través del semanario judicial de la federación. Sin embargo, no es lo mismo conocer el sentido de una sentencia a tener acceso a las constancias de autos, es decir, al expediente completo y lo que se pretende con la trasparencia es precisamente esto último.
Esa es la razón por la cual abogados y directores de medios de comunicación critican la posición de la Corte y la instan a transparentar sus procesos y la información administrativa que existe en sus archivos, al tiempo que presionan para que acepte las recomendaciones internacionales respecto de las cuales el propio Azuela ha sostenido que no son admisibles porque violan la soberanía nacional.
Los defensores de la apertura total sostienen que en la medida en que los procesos judiciales sean públicos, se disminuiría el riesgo de que se cometan injusticias y corruptelas, lo cual es cierto, porque los encargados de impartir justicia se sabrían vigilados y el desarrollo de los procesos que están a su cargo se someterían al escrutinio de los profesionales del derecho.
Sin embargo, hay entre otros, dos aspectos primordiales que deben cuidarse. Uno es el relativo a que existen procesos que si se ventilan públicamente o cualquiera puede tener acceso a ellos, es posible que se cause un daño grave a las victimas de esos delitos. Nos referimos a procesos como los de violación, secuestro o maltrato a menores.
Si la información de procesos como los señalados se hace pública es muy probable que ciertos medios de comunicación que carecen de todo escrúpulo hagan escarnio de las víctimas y hasta utilicen esa información para chantajearlas.
Algo semejante podría suceder con procesos en los que se tramitan adopciones o en los de divorcio. Porque los datos en ellos contenidos deben ser conocidos sólo por las partes para evitar cualquier afectación pública.
Es por ello que las leyes de transparencia existentes supeditan al consentimiento expreso de los litigantes el que la información de los expedientes judiciales se haga pública.
El otro aspecto que parecen perder de vista quienes pugnan a ultranza por la total apertura judicial, es que si bien es cierto que existe un buen número de periodistas cuyo profesionalismo, honorabilidad, ética y apego a la verdad no está en duda, también lo es que hay muchos más que carecen de estos atributos y para quienes el “oficio más hermoso del mundo” (que es el periodismo) no es más que un medio para delinquir impunemente, porque con gran facilidad recuren al chantaje, la difamación y calumnia en forma irresponsable.
En este contexto, pretender que los periodistas queden exentos de cualquier responsabilidad por la comisión de ilícitos es querer que se instaure un régimen especial sólo para ellos lo cual no es posible y menos en una sociedad en la que se cuestionan instituciones como el fuero constitucional de los legisladores y determinados servidores públicos.
No es válido el argumento en contrario consistente en que el estar expuestos a ser denunciados por la posible comisión de delitos constituye una forma de intimidación que atenta contra el ejercicio de la libertad de prensa o la libre manifestación de las ideas. Porque quien actúa dentro de los límites de la ley puede estar tranquilo pues nada habrá de pasarle. Además, el ejercicio del periodismo siempre ha requerido una gran dosis de valentía y quien carezca de ella no merece el calificativo de periodista.
Pero además, no debe perderse de vista que el derecho de acceso a la información contenido en las leyes de transparencia corresponde a los ciudadanos y que los periodistas como tales disfrutan de él, pero en su calidad de individuos, no porque sean periodistas. Independientemente del hecho de que, por ser parte de un medio de comunicación, tengan la posibilidad de divulgar esa información en forma masiva, lo que no puede hacer cualquier particular.
Por último, hay quienes consideran que así como el pueblo puede exigirle cuentas al Presidente de la República o a los legisladores, de la misma forma puede ser la comunidad quien juzgue públicamente y que eso no debe ser un elemento de presión para el juez.
Pero el argumento es falaz porque en los hechos no es la comunidad la que en realidad juzga, sino los medios de comunicación que en la mayoría de los casos absuelven o condenan anticipadamente, lo que lamentablemente sí constituye una presión para el juzgador.
No debemos olvidar que el pueblo no está exento de equivocaciones. Hace más de dos mil años un Hombre fue juzgado y condenado públicamente, lo que lo llevó a ser crucificado no obstante su inocencia.
Conviene que los procesos judiciales se transparenten. Pero admitiendo excepciones y haciendo responsables a los medios de comunicación del uso correcto de la información a la que tengan acceso. Porque los particulares tienen a su vez el derecho de recibir esa información de manera veraz. Sin alteraciones ni dañadas intenciones. Pues hay medios informativos que la alteran o manejan tendenciosamente. Lo cual no es ético.