EL SIGLO DE DURANGO.
Fue sometido a consideración del ayuntamiento una iniciativa para adicionar párrafos a los artículos 35 y 53 del Reglamento de Estacionamientos del municipio de Durango, con el objetivo de implementar el uso de inmovilizadores vehiculares y se esa forma la ciudadanía cumpla con los depósitos correspondientes en los estacionómetros.
La iniciativa fue presentada por el alcalde Jorge Herrera Delgada durante sesión ordinaria de Cabildo., por unanimidad la iniciativa de reformafue turnada a la Comisión de Gobernación, Normatividad y Legislación Municipal para su estudio y análisis.
Las adiciones correspondientes al artículo 35 se refieren a que para la movilización de vehículos, el agente deberá colocar el instrumento mecánico correspondiente, con el debido cuidado para no dañar el automóvil. Acto seguido, deberá adherir al parabrisas o al cristal de la puerta del conductor un engomado debidamente foliado para el efecto de pago por multa correspondiente.
Dicho engomado deberá establecer con claridad los módulos de pago y el tiempo aproximado para el retiro del inmovilizador.
De acuerdo a la iniciativa, el propietario de la unidad inmovilizada será el único responsable de los daños que se ocasiones al vehículo, esto en caso de intentar moverlo o retirar a la fuerza el aparato.
En cuanto al artículo 53, el párrafo que se propone adicionar se refiere a que en el caso del artículo 35, tratándose de un vehículo inmovilizado, para el caso de que no se hubiese hecho el pago a más tardar a las 21:00 horas del día citado se procederá a retirarlo de la vía pública.
De esta manera, al quedar reglamentado el uso de aparatos inmovilizadotes, se dará una aplicación más justa para todos aquellos ciudadanos que cumplan al hacer el deposito correspondiente en los estacionómetros, contra quienes de manera intencional quitan las palcas de sus vehículos o no portan con ninguna identificación que permita sancionarlos.
La anterior conducta además, de constituir una perdida económica para el municipio, implica una conducta tendiente a violentar de manera intencional el contenido del citado Reglamento, generando descontento social ante la falta de equidad al momento de aplicar la normatividad municipal. Por ello, toda reglamentación carece de sentido, cuando no establecen criterios operativos que permitan a las autoridades competentes su cabal ejecución.