“El magistrado que no es un héroe no es tampoco un hombre de bien”.
Gaspar Melchor de Jovellanos
El caso Medina-Abraham ha polarizado a la sociedad yucateca. Si bien la muerte de Flora Ileana Abraham Mafud tuvo lugar hace más de ocho años, el 15 de noviembre de 1995 y Armando Medina Millet ha permanecido en la cárcel desde mayo de 1996, el proceso sigue generando enormes controversias. Una de las razones ha sido la politización del caso. Si bien hay excepciones importantes —de gente que entiende que la justicia no puede ser cuestión de partidos políticos— los priistas en general se han pronunciado a favor de la familia Abraham mientras que los panistas se han inclinado por los Medina. Una juez de primera instancia encontró culpable a Medina Millet —quien se había casado con Flora Ileana unos días antes de su muerte— de homicidio en agravio de la joven de 23 años y lo sentenció a 20 años de cárcel. El fallo fue ratificado en apelación. En un proceso normal, la tercera y última instancia sería un juicio de amparo ante un tribunal colegiado de distrito perteneciente a la justicia federal.
El equipo de defensa de Medina Millet, sin embargo, ha decidido tomar un camino distinto y ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán un recurso de “revisión extraordinaria” (que en el resto del país se conoce como “reconocimiento de inocencia”). La Procuraduría de Justicia del Estado ha decidido desconocer las conclusiones acusatorias del ministerio público y declarar que las pruebas que presentó bajo un Gobierno de otro partido eran falsas.
No voy a entrar a repetir aquí los múltiples argumentos del caso. No soy ni puedo ser el juez, en parte porque no he leído las miles de fojas de que se compone el expediente. Baste decir que las dos familias involucradas, la Medina y la Abraham, han argumentado que el caso estuvo plagado de irregularidades, sólo que cada una afirma que las pruebas se manipularon para favorecer la posición de la otra. Tengo, por otra parte, amistad personal con varios miembros de la familia Abraham, de manera que considero más sano no argumentar sobre las pruebas mismas. Me queda claro que la defensa de Medina tiene el derecho de recurrir al amparo en su intento por demostrar la inocencia de Armando. Pero me inquieta el recurso de revisión extraordinaria presentado por la defensa en clara colaboración -o complicidad— con la Procuraduría yucateca.
El reconocimiento de inocencia es una figura jurídica que permite la anulación de un veredicto de culpabilidad. La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre este tema insiste en que las pruebas deben ser nuevas y deben desvirtuar el sentido de las que se presentaron durante el juicio. En este caso, sin embargo, la defensa de Medina Millet ha reintroducido las mismas pruebas pero con nuevos peritajes. El subprocurador Rubén Carrillo Pacheco ha presentado un documento firmado de 32 fojas en el que asegura que los nuevos peritajes desvirtúan los presentados por el ministerio público durante el juicio.
En otras palabras, la Procuraduría yucateca quiere iniciar un nuevo juicio -un juicio sumario paralelo al de la justicia ordinaria— pero en el que se excluye la participación de una de las partes. La decisión de no recurrir al amparo puede interpretarse en el sentido de que no es tan fácil influir sobre la justicia federal para el Gobierno yucateco. Se escoge así un procedimiento que se quedará en la Corte Superior de Yucatán. Sólo que los dados están cargados.
En el proceso ordinario el ministerio público tuvo que pasar de una instancia inicial a una apelación para comprobar la responsabilidad de Medina Millet. Ahora tendría que defender su posición frente a un tribunal colegiado federal. Pero si el Tribunal Superior de Yucatán decide acordar la revisión extraordinaria, no habrá ni apelación ni amparo, porque esta figura jurídica no lo permite. Los abogados de la familia Abraham argumentan que la concesión de la revisión extraordinaria violaría el principio de seguridad jurídica y de definitividad de las sentencias. Por ello la decisión del caso puede tener repercusiones nacionales.
¿Neutral?
Cuando estaba en la oposición, el ahora gobernador panista Patricio Patrón Laviada cuestionó las irregularidades del caso Medina-Abraham. Cuando fue electo gobernador me dijo que era neutral en el tema. Después me mandó a un agente de relaciones públicas a entregarme recortes de periódicos para demostrar la inocencia de Medina. Meses más tarde el propio gobernador me explicó que, aunque neutral, estaba legalmente obligado a permitir la revisión del caso. Ahora su Procuraduría respalda un juicio paralelo para que el proceso ordinario no llegue a la justicia federal.
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