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Nazar Haro/Plaza Pública

Miguel Ángel Granados Chapa

Imaginemos que Miguel Nazar Haro, capturado por agentes judiciales federales y remitido a Monterrey la noche del miércoles no llegara a su destino. Que en vez de ser recluido en el penal de Topochico hubiera sido recibido por agentes de la autoridad, llevado a un rancho apartado, o a una casa particular y allí sometido a interrogatorio bajo presión, es decir torturado y luego desapareciera. Pues exactamente eso, en la ruta inversa, de Monterrey a la ciudad de México, ocurrió en abril de 1975 a Jesús Piedra Ibarra. Puesto que en su caso se aplica la ley, Nazar Haro amaneció encarcelado en un penal y está a disposición de un juez, que en las próximas horas resolverá si inicia proceso en su contra o lo deja en libertad. Puesto que en su caso no se aplicó la ley, Piedra Ibarra desapareció. Fue privado ilegalmente de la libertad y desde hace más de 28 años se ignora su destino.

Nazar Haro, a la sazón subdirector federal de Seguridad, está acusado junto al agente Juventino Romero y su entonces jefe Luis de la Barreda Moreno por el secuestro de Piedra Ibarra. En abril pasado, la Fiscalía Especial para averiguar los crímenes de la Guerra Sucia pudo documentar, por primera vez, la presunta responsabilidad de miembros de cuerpos policíacos de los setenta y solicitó órdenes de aprehensión contra ellos. Por haber ocurrido el secuestro en la capital de Nuevo León, se presentó el pedimento en los juzgados federales regiomontanos y por el procedimiento aleatorio que se aplica cuando al concluir la averiguación previa no hay personas detenidas, le correspondió abordarlo al juez cuarto, Guillermo Vázquez Martínez.

Sin tener en cuenta nociones elementales de la teoría del delito, Vázquez Martínez negó las órdenes de aprehensión con el argumento de que el delito señalado había prescrito, es decir que por el correr del tiempo ya no era dable la acción penal. No tuvo en cuenta la naturaleza de ese ilícito, cuyos efectos continúan hasta que la persona privada de su libertad la recupera o se conoce su destino. Le pareció, en cambio, que el secuestro implica sólo el apoderamiento de una persona y por lo tanto es instantáneo y se consuma en el momento mismo de la detención.

La Fiscalía apeló ante el Tribunal Unitario pero antes de que éste resolviera el recurso, la Procuraduría General de la República solicitó a la Suprema Corte de Justicia ocuparse directamente del asunto. De esa suerte, en noviembre el tribunal máximo decidió que el término de la prescripción en este caso ni siquiera se ha iniciado (porque sus efectos continúan) y devolvió el expediente al Tribunal Unitario, que en congruencia con la interpretación de la Corte ordenó el cinco de diciembre la aprehensión de las tres personas citadas. Romero y De la Barreda Moreno están prófugos desde entonces. Nazar Haro ya no. Luego de que a pesar de su disfraz (gorra para ocultar la calvicie, bigote como lo usaba hace cuarenta años y pelo pintado de negro) fue detenido, espera la decisión judicial en Monterrey.

Es de temerse que el juez cuarto no disponga su formal prisión, el comienzo del proceso solicitado. Su decisión de abril de 2003 lo muestra como un juzgador descuidado que, además no tener presente la diferencia entre los delitos instantáneos, los continuos y los continuados, no se impuso adecuadamente del expediente. Lo tildó, innecesariamente porque su decisión se basaba en otra circunstancia, de incompleto, aduciendo que algunos de sus contenidos se integraban con copias simples, siendo que están debidamente certificadas. El juez debía excusarse porque su arbitrio está viciado de origen y aunque su decisión sería revisable, como la de abril pasado y corregida, su desaprensión implica el riesgo de que Nazar Haro quede indebidamente en libertad.

Ya una vez estuvo detenido el antiguo director federal de Seguridad, por poco más de un día, en San Diego. Fue arrestado en abril de 1982 para que respondiera “a la acusación de que, con conocimiento, voluntaria e ilegítimamente conspiró para transportar y recibir vehículos de motor sabiendo que los mismos habían sido robados”. Para salir de su breve encierro presentó una fianza contratada con Survey Insurance Co, de La Habra, Cal. y decidió perder el importe respectivo y volver a México. Por eso, en diciembre de 1989, cuando se pretendió reciclarlo en la policía de la ciudad de México, el vocero de la embajada norteamericana William Graves no tuvo empacho en declarar que “para todos los efectos legales, Nazar Haro es un fugitivo de la justicia estadounidense”.

En aquel entonces vino a la memoria pública el recuerdo de un atroz episodio ocurrido diez años atrás en Mérida, cuyo protagonista fue el propio Nazar Haro, entonces director federal de Seguridad. El ocho de septiembre de 1979 tres atracadores de bancos pretendieron fugarse aprovechando que habían sido llevados a declarar. Se atrincheraron en el juzgado durante horas, lo que permitió la llegada de una brigada de asalto comandada personalmente por Nazar Haro. Los delincuentes fueron reducidos y sacados del establecimiento judicial por los agentes federales de Seguridad. De la salida dio testimonio una oportuna fotografía de Isidro Ávila publicada en el Diario de Yucatán. Después, sin embargo, se presentaron los cadáveres de los asaltabancos con la explicación de que habían muerto en el enfrentamiento con la DFS a la que resistieron desde dentro del juzgado, de donde mucha gente los vio salir con vida. La obvia ejecución quedó impune.

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