Para que la fiscalización del gasto público sea más eficiente y eficaz, es necesario realizar adiciones al marco jurídico, con el fin de adaptar los plazos a los ejercicios legales de los gobiernos estatal y municipales, sobre todo en la etapa de transición, pero sobre todo para que los procesos de análisis de las Cuentas Públicas no se contaminen con intereses políticos y partidistas.
Es el titular de la Entidad de Auditoría Superior del Estado, Daniel Rueda, quien hace tales consideraciones, al pronunciarse por que se reforme la Ley de Fiscalización que se aprobó al inicio de la actual Legislatura, con el objetivo de que se adecue a las circunstancias que privan en Durango, ya que su modelo es similar al ordenamiento federal.
El ordenamiento vigente concibe la fiscalización superior como evaluación del desempeño gubernamental como revisión de la gestión financiera, entre ella la revisión de la Cuenta Pública, y la supervisión del ejercicio, la situación patrimonial y la responsabilidad de los servidores públicos.
La diferencia de la ?vieja? revisión de las Cuentas Públicas, donde básicamente se verificaba el ingreso contra el egreso, sin vigilar que este último se gastara conforme a la prioridad de objetivos y metas establecidas en los planes y programas de gobierno.
La vigente es la que creó la Auditoría Superior del Estado, como el órgano técnico del Congreso que lo auxilia en la fiscalización de los poderes, los municipios y cualquier ente público que administre recursos públicos.
A decir de Daniel Rueda, lo anterior significa un gran avance en la fiscalización del ejercicio de los recursos, pero desde su punto de vista, la ley de la materia se requiere adicionar, de tal manera que el modelo federal se convierta en regional, acorde con las circunstancias de Durango.
De acuerdo con su experiencia, las modificaciones deben contemplar candados tendientes a que el análisis legislativo de las Cuentas Públicas se descontamine de la política. Dijo que los diputados califican los informes financieros de acuerdo con el partido al que pertenezcan los titulares de los ayuntamientos.
No miden con el mismo rasero a todos, lo que de alguna manera incomoda a la Entidad de Auditoría, que se tiene que apegar a reglas técnico-contables para emitir las observaciones, pero que en ocasiones choca con lo que opinan los legisladores.
Otra cuestión que debe contener el ordenamiento es una especie de adaptación de los plazos que se fijan para el análisis y aprobación en su caso de las Cuentas Públicas, sobre todo en la transición de los gobiernos, como será el 2004.
Con el actual marco jurídico, hasta el 2005 se revisa el informe financiero de los ocho meses de la administración saliente, por lo que las observaciones se harán a ex funcionarios, lo que dificulta el cumplimiento, ya que si cuando tienen acceso a los archivos y documentos no lo hacen de manera eficiente, menos si tienen que solicitar permiso a los sucesores, y ello se hace más complejo en los casos de que se trata de servidores emanados de partidos políticos opositores.
También es necesario que se establezca la obligación de los servidores públicos para que informen mensual o bimestralmente los estados financieros, ya que actualmente se hace, pero por recomendación del órgano de fiscalización, y los gobiernos si quieren no los entregan.
Aquí Daniel Rueda explica que la auditoría no tiene que ser solamente preventiva, sino también señalativa, por lo que los informes mensuales o bimestrales permiten detectar irregularidades que se pueden corregir, de tal manera que al llegar a la Cuenta Pública de todo el periodo, no hay deficiencias en la integración, y se conozcan las anomalías de antemano.
Consideró que al actual ordenamiento le falta claridad en algunos aspectos para que se obligue a una mayor transparencia en el desempeño de los servidores responsables de ejercer los recursos públicos, por lo que eso deben considerar los diputados al momento de reformarlo.
CONCLUSIÓN
Formatos para declaración
Por otro lado, el Auditor Superior informó que está por concluirse la entrega de formatos a los más de dos mil servidores públicos que habrán de concluir su gestión en las diferentes áreas estatales, municipales y de los poderes Legislativo y Judicial.
Cada uno de ellos tendrá la obligación, en los 30 días posteriores a la finalización de su desempeño, de presentar sus respectivas declaraciones de bienes, ya que de no hacerlo se harán acreedores a multa económica, y serán requeridos por el órgano de fiscalización.