Uno de los problemas que se venían presentando en materia de procesos electorales es el relativo a las precampañas desarrolladas por algunos partidos políticos que deciden someter a votación ciudadana la selección de sus candidatos, pues mientras no exista en el país una regulación clara de esa parte del proceso se puede considerar que hay una seria desventaja para aquellos candidatos que surgen al través de otra forma de selección.
En efecto, los candidatos que son seleccionados mediante consulta abierta a la ciudadanía corren con ventaja frente aquellos que son el resultado de otras formas de decisión; porque los primeros se dan a conocer anticipadamente a la ciudadanía y gracias a ello logran un posicionamiento que los coloca en mejores condiciones que sus adversarios, con el añadido de que los gastos efectuados en las precampañas no se computaban para efectos electorales.
Mencionamos lo anterior en razón de la resolución emitida recientemente por la Suprema Corte de Justicia en la que el máximo órgano en materia jurisdiccional determinó que las precampañas forman parte del sistema constitucional, toda vez que no son una actividad desvinculada de los procesos electorales, lo que seguramente obligará a que los estados legislen en esa materia a fin de regular las precampañas.
En el caso de Coahuila, de acuerdo con la nueva legislación, ya se encuentran reguladas las precampañas, pero se hace necesario que otras entidades hagan lo propio para evitar hasta donde sea posible situaciones injustas, aunque no se pueda llegar a desterrar todas las inequidades que se presentan, pues por ejemplo, quienes ocupan un cargo de elección popular y aspiran a otro, so pretexto de estar desarrollando su trabajo, hacen proselitismo y ese aspecto no está contemplado por la Ley.