La SecretarÍa de Hacienda y Crédito Público ha elaborado un nuevo catálogo de disposiciones con la finalidad de detectar y combatir el “lavado” de dinero entre los servidores públicos a quienes califica como “personas políticamente expuestas” a las define como: “aquel individuo que desempeña o ha desempeñado funciones públicas destacadas en territorio nacional o en un país extranjero”.
Está bien que Hacienda realice un seguimiento especial de aquellos servidores públicos que en razón de sus facultades puedan estar expuestos a las tentaciones que derivan del dinero proveniente del narcotráfico o de otras áreas en las que pueden originarse recursos económicos ilícitos, pues para la sociedad resulta claro que quienes obtiene ganancia de esas fuentes están constantemente buscando la forma de “lavar” ese dinero.
Lo que no parece correcto es establecer una regla diferenciada, que por tanto no es pareja, pues del catálogo de servidores públicos se excluye al presidente de la República, ya que aún y cuando a éste puede considerársele como la persona de mayor confiabilidad en la escala del ejercicio de poder, no por ello debe quedar fuera de la vigilancia y en su caso, investigación que desarrolle alguna instancia gubernamental, como puede ser la Contraloría de la Cámara de Diputados.
Es evidente que esa vigilancia no puede encomendarse a la secretaría de Hacienda, porque ella depende del Presidente y cualquier investigación que ésta desarrollara no tendría credibilidad; de ahí que debería que ser otra instancia la que llevara al cabo esa tarea. Pero de ninguna manera debe la Presidencia quedar exenta de vigilancia, pues es la impunidad de la que indebidamente ese cargo ha gozado durante décadas la que ha generado un serio desprestigio de la institución.