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México, DF.- La Secretaría de Educación Pública (SEP) informó que las escuelas privadas de educación básica están obligadas por Ley a ofrecer becas por concepto de colegiaturas e inscripciones.
En un comunicado, la dependencia precisó que de acuerdo con la Ley General de Educación en su artículo 57, fracción II, los planteles educativos particulares que impartan educación con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, deben proporcionar becas mínimas de cinco por ciento.
El beneficio, explicó, debe consistir en la dispensa del pago total o parcial de la inscripción y de las colegiaturas mensuales, o sólo de estas últimas, y la exclusión parcial deberá ser equivalente, cuando menos 25 por ciento del total de dichas cuotas.
El director de Becas de la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación, Guillermo Pablo López Andrade, aclaró que estos apoyos no los otorga la SEP, sino los planteles educativos, por lo que los padres de familia deben efectuar los trámites directamente en cada escuela.
Mencionó que en cada plantel, los Comités de Becas definen el formato de solicitud, las fechas de entrega y recepción de los mismos, así como los criterios socioeconómicos y académicos que se adoptarán en la selección de becarios.
Precisó que la dependencia se mantiene al margen de estos procesos con el fin de fortalecer el respeto a las decisiones de cada comité y garantizar la transparencia de los mismos.
Señaló que las escuelas particulares que no cumplan con esta obligación legal se harán acreedoras a una multa de hasta cinco mil veces el salario mínimo general diario vigente en el área geográfica.
En caso de reincidencia, dijo, la infracción puede duplicarse, incluso pueden enfrentar la revocación de la autorización o retiro del reconocimiento de validez oficial de estudios correspondiente.