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Pensiones

Luis F. Salazar Woolfolk.

Los errores del pasado, pretenden resolverse con la constitución de un fideicomiso para administrar el importe de los fondos, que hará transparente su manejo (ya no estará sólo a cargo del Gobierno) en función de la intervención que tendrá el sistema bancario nacional al través de la institución de crédito que intervenga en el fideicomiso.

La reforma a la Ley de Pensiones de los Maestros de la Sección Treinta y Ocho en el Estado de Coahuila, es un esfuerzo para revertir el déficit generado a cargo del erario estatal entre las aportaciones de los maestros en activo, en virtud de la diferencia entre las cantidades destinadas mensualmente al pago de las pensiones, que duplican las aportaciones.

Como se observa el problema es similar al que se plantea a nivel federal con la generalidad de los fondos de pensiones, que se ven erosionados hasta el punto de ser previsible su desaparición.

Las causas de lo expuesto son varias: desde una planeación deficiente hecha en el pasado que no consideró el aumento del promedio de vida de los beneficiarios, hasta una mala administración atribuida a Gobierno o Sindicato. En todo caso, el problema existe y como tal, corresponde a esta generación resolverlo en aras del bienestar a que los trabajadores de la educación tienen derecho.

En efecto, hay que reconocer al menos que ni para el actual Gobierno ni para los legisladores, el problema en cuestión habría implicado una crisis de corto plazo y por ende, es saludable que se hayan avocado a sentar las bases de una solución de mediano o largo plazo.

Los errores del pasado, pretenden resolverse con la constitución de un fideicomiso para administrar el importe de los fondos, que hará transparente su manejo (ya no estará sólo a cargo del Gobierno) en función de la intervención que tendrá el sistema bancario nacional al través de la institución de crédito que intervenga en el fideicomiso.

La reforma legal votada en el Congreso del Estado el lunes pasado, pretende revertir el proceso de deterioro y ofrecer un escenario de superávit de trescientos ochenta y cuatro millones de pesos previsible para el año dos mil dieciocho, en lugar del amenazante panorama de siete mil millones de déficit previsible para esa misma fecha, al amparo de la misma Ley antes de la reforma.

Sin embargo no todo es miel sobre hojuelas, porque la reforma implica una vertiente de inconstitucional significada en el hecho de que a los pensionados se les impone una aportación del cuatro por ciento de su percepción para garantizar la subsistencia del fondo, lo cual constituye una carga que afecta derechos creados y por tanto no se les puede imponer legalmente.

Por ello se explica el justo reclamo de algunos pensionados que ven en las reformas a la Ley cuyo comentario nos ocupa una violación a sus derechos laborales y la postura de la oposición en el Congreso a este punto específico de la reforma, ya que la bancada de Acción Nacional brindó su apoyo a la reforma en lo general, pero la impugnó en el punto específico que implica la constitución de la carga a los pensionados que es objeto de mención.

Los jubilados tienen expeditos sus derechos para hacerlos valer ante los tribunales federales por vía del Juicio de Amparo, a fin de librarse del inconstitucional gravamen que se impone a sus pensiones.

El recurrir al Amparo de la Justicia Federal sería optativo para cada interesado, con lo que se cumple el doble propósito de intentar la modernización del sistema de pensiones de los maestros y abrir un camino para reparar las violaciones constitucionales a favor de quienes así lo demanden.

La aprobación de las Ley de Pensiones en Coahuila debe considerarse positiva, y aunque no sea la panacea ni un dechado de perfección, al menos refleja la intención de buscar caminos de modernización de las instituciones en este rubro, como resultado de una buna relación institucional entre los poderes Legislativo y Ejecutivo, en términos de posibilidad real, que quisiéramos ver reflejados a nivel nacional.

Correo Electrónico: salazarw@infosel.net.mx

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