Hace algunos meses que don Homero Héctor del Bosque Villarreal me regaló el Testamento de Niño Beltrán de Guzmán, en reproducción facsimilar manuscrita y paliografiada, en el que aparecen cosas notables diferentes a las más ampliamente conocidas, como la fecha de su muerte, que no fue en 1544 sino en 1558, como luego veremos. Me parece importante este documento, porque fue Guzmán el que siendo primer gobernador de la Nueva Galicia y el Pánuco mandó por primera vez a uno de sus capitanes al territorio zacatecano y llegó hasta el Crestón de la Bufa en 1530 ó 1531, que fue Pedro Alméndez Chirinos. Veamos:
Ya he escrito en otras ocasiones que el Rey Carlos V envió al letrado Diego (Pérez) de la Torre con Cédula Real de fecha 27 de marzo de 1536 para que viniera a la Nueva España como segundo gobernador de la Nueva Galicia y juez residenciador de Nuño Beltrán de Guzmán, por los crímenes cometidos, especialmente con el martirio del Rey Caltzonzin del reinado de Tzintzunzan, Michoacán.
En la antigua crónica titulada Crónica Miscelánea y Conquista Espiritual y Temporal de la Santa Provincia de Xalisco, en el Nuevo Reino de la Galicia y Nueva Vizcaya por Fray Antonio Tello, que comprende desde la Conquista hasta el año de 1653, en parte dice:
?Conclusa la residencia de Guzmán, la cerró el Lic. Diego Pérez de la Torre (mi ancestro directo) habiéndole secuestrado sus bienes; y habiéndole tenido preso más de un año, llegó orden del rey para que con fianzas y juramento, se presentase con ella en el Real y Supremo Consejo de las Indias, y así se ejecutó? (Pág. 120). Enviado a España... estuvo preso mucho tiempo, instando siempre para que se diese su residencia... murió en 1544...?.
Esta información del padre Tello parece que no fue exacta, según aparece en el Testamento Facsimilar de Guzmán paliografiado y ?con nota introductoria de don Jorge Palomino y Cañedo, Centro de Estudios Históricos de México, Condumex, S.A. México 1973?.
?Por su testamento se colige que Guzmán sostuvo su rango en la Corte y mantuvo su casa con honra, si bien las cláusulas de aquel documento acusan alguna estrechez, y debe tenerse en cuenta que llevaba algún tiempo enfermo de muerte en un hospital. El mismo testamento revela que Nuño de Guzmán esperó la muerte con dignidad y cristiana resignación. Y ahora sabemos sin lugar a duda, que dejó esta vida en Valladolid el 26 de octubre de 1558, y no en Torrejón de Velasco en 1544 como afirmó Fray Antonio Tello...?.
?...Mando que a Sabina de Guzmán, por lo mucho y bien que me ha servido en mis enfermedades y fuera de ellas y porque es huérfana, hijadalgo y de mi naturaleza, (den) la mi cama de grana con toda la ropa... además mil ducados de lo que su Magestad me debe de mis salarios de las gobernaciones que he tenido, que es mucha cantidad...?.
?Item, mando que de los dineros, que me vinieren de Indias, se cumpla con Francisco de Torres, vecino de Sigüenza, y se le paguen los mil ducados que yo le prometí en dote con doña María de Guzmán, mi sobrina, por los cuales le tengo hecha obligación sobre los bienes de mi mayorazgo, los cuales se le paguen al plazo y según que en la dicha obligación se contiene?.
Así va señalando en el texto del testamento, todos los pagos que deben hacerse a diversas personas con las que tenía compromisos.