TORREÓN, COAH.- La empresa denominada Deportiva de Futbol Comarca Lagunera, SA de CV, solicita al Consejo Nacional de la Federación Mexicana de Futbol (FMF), un documento mediante el cual se autorice a dicho organismo para administrar al Club Santos Laguna mientras se encuentra una solución, ante los problemas legales del propietario Carlos Ahumada Kurtz.
El doctor Edgardo Codesal Méndez explicó ayer que él como directivo de Santos Laguna y León estableció un acuerdo verbal con la empresa propietaria de ambos equipos y a pesar de no tener un contrato firmado se mantendrá al frente de la organización, en busca de un pronto y satisfactorio arreglo.
Explica Codesal la necesidad de que la Federación Mexicana de Futbol, a través de un documento oficial, otorgue a Deportiva de Futbol Comarca Lagunera facilidades para operar al equipo hasta que se encuentre una solución a los problemas legales que hoy se viven, a causa de la situación de Carlos Ahumada Kurtz. Lo anterior no quiere decir que con una carta se resuelvan los problemas de la organización, pero sí se pretende trabajar con tranquilidad y que el equipo funcione durante un período de transición.
“Hoy no tenemos representatividad ante la Federación Mexicana de Futbol, pero el equipo está en plena competencia y necesitamos saber que podemos operar mientras se resuelve la situación; nos debemos a una afición que merece respeto, de nosotros depende un grupo de futbolistas profesionales que hoy están preocupados, junto con sus familias, lo único que buscamos es tener tranquilidad”.
Habla el Consejo Nacional
Por su parte, ayer en la ciudad de México, Jesús Galindo Zárate, titular de la Segunda División y vocero del Consejo Nacional de la Federación Mexicana de Futbol, dijo que existe un acuerdo previo entre ese organismo y Deportiva de Futbol Comarca Lagunera para administrar al equipo durante el juego del pasado martes, ante el Deportivo Caracas y el del próximo domingo, frente al Real San Luis, este último correspondiente al Torneo Clausura 2004.
Para Jesús Galindo Zárate no existe problema alguno en relación al juego dominical frente al San Luis, pero después deberá haber una solución, ya que un equipo de futbol no puede operar sin que sus directivos tengan el certificado de afiliación correspondiente.
La insistencia de Edgardo Codesal, sin embargo, se mantiene, ya que el directivo de Santos Laguna no piensa que los problemas existentes en el seno de la organización se puedan resolver después del juego dominical en el Estadio Corona frente al Real San Luis, sino que se requiere un período de tiempo mayor.
Interviene FMF al Santos
Reglamentariamente, la Federación Mexicana de Futbol intervendrá al Club Santos Laguna a petición del Grupo Modelo, antiguo propietario de este equipo y único afiliado reconocido por el organismo.
Una fuente de la FMF detalló que el mecanismo que seguirá la entidad para interceder en la administración del cuadro lagunero, propiedad de Carlos Ahumada, haya su fundamento en el artículo tres de su Estatuto y Reglamento, el cual detalla la función primaria del organismo.
Además, dijo la fuente, dado que la cervecería no tiene intención de asumir el control del equipo, la única opción sería que ésta, en su calidad de único afiliado reconocido, solicite intervenir a la FMF para encontrar a un nuevo inversionista.
Sin embargo, como el empresario, sobre quien pesa una orden de aprehensión, no desea vender su propiedad se tendría que hacer frente a la demanda que se podría entablar al respecto.
Las reglas
Según Estatuto y Reglamento de la Federación Mexicana de Futbol esto procede en el caso de Santos Laguna.
Artículo 3 LA FEDERACIÓN tiene por objeto:
3.1. Promover, organizar, dirigir y difundir el deporte del fútbol asociación en todas las modalidades reconocidas y reguladas por la FIFA.
3.8. Vigilar y exigir el estricto cumplimiento de las leyes que en alguna forma legislen sobre la materia deportiva del fútbol y afecten a esta Federación.
Artículo 4 LA FEDERACIÓN permanecerá ajena a toda cuestión de carácter racial, político o religioso y atenta a su naturaleza jurídica carece de cualquier finalidad lucrativa. Su patrimonio y recursos se destinarán al desarrollo de su objeto social.
CAPÍTULO IV AFILIACIÓN
Artículo 10
La afiliación es un acto discrecional y potestativo que LA FEDERACIÓN otorga a quienes reuniendo los requisitos establecidos por el reglamento correspondiente, voluntariamente solicitan su incorporación, y deciden reconocer a LA FEDERACIÓN como la suprema autoridad deportiva del fútbol asociación, en todas las modalidades reconocidas y reguladas por la FIFA.
FUENTE: FMF