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Plaza pública/Presupuesto de Egresos

Miguel Ángel Granados Chapa

Si se cumplió el mandamiento constitucional que por primera vez se aplicaba, hemos amanecido hoy con Presupuesto de Egresos para el año próximo. Si no fue así, si expiró el término fijado, si concluyó el 15 de noviembre sin que la Cámara de Diputados aprobara el plan de gastos de la Federación para 2005 ...no pasará nada. Porque se trata de una norma que los juristas llaman imperfecta. Su imperfección consiste en que carece de sanción. Y en este caso también carece de consecuencias legales, porque las habría sólo si dentro de mes y medio, al comenzar el nuevo año, el presupuesto no hubiera sido aprobado.

La fracción IV del artículo 74 de la Constitución, donde se establece la atribución exclusiva de la Cámara de Diputados nació breve y así se mantuvo hasta 1982. Decía el texto original simplemente que era facultad de esa Cámara “aprobar el presupuesto anual de Egresos, discutiendo primero las contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrir aquel”. Ante la falta de un calendario, y habida cuenta de la dependencia legislativa respecto del Presidente, era frecuente que el proyecto de presupuesto llegara al cuarto para las doce, sólo unos días y hasta unas horas antes del 31 de diciembre, que en esa época señalaba el final del entonces único periodo de sesiones.

En septiembre de 1982, en el mismo mes de la expropiación bancaria, el presidente López Portillo presentó una iniciativa de reforma a esa fracción: “El Ejecutivo Federal hará llegar a las Cámaras las correspondientes iniciativas de leyes de Ingresos y los proyectos de presupuesto a más tardar el último día de noviembre, o el día quince de diciembre cuando inicie su encargo...”. Según recordó en la tribuna el diputado Iván García Solís (actualmente miembro de nuevo de esa Cámara), el grupo parlamentario del Partido Socialista Unificado de México (PSUM) propuso un plazo mayor para la discusión parlamentaria, para lo cual el Ejecutivo debería enviar sus proyectos no el último día de noviembre sino el 30 de octubre. En nombre del PRI, la ahora senadora Dulce María Sauri, congresista entonces en San Lázaro, planteó una solución de compromiso: ni el Presidente ni el PSUM, por lo que se estableció la fecha del 15 de noviembre para la recepción de las iniciativas de Palacio Nacional.

El plazo quedó corto desde que se abrieron dos periodos de sesiones, el segundo de los cuales debía concluir el 15 de diciembre, de suerte que la legislatura no disponía ya de mes y medio para ocuparse de esos temas, sino sólo de 30 días, si bien podía alargar el lapso de modo extraordinario hasta el último día del año. Pero ya fuera en la primera quincena de diciembre o en la segunda, la Cámara abordaba con gran apresuramiento el Presupuesto de Egresos.

Para evitar ese apremio, en julio pasado se publicó la reforma constitucional impulsada por esta legislatura para señalar una fecha límite, distinta de la correspondiente al final de las sesiones ordinarias o extraordinarias, para aprobar el plan de gasto, con la novedad de que también amplió el término para la discusión de las iniciativas correspondientes desde Los Pinos. El novísimo texto de la fracción IV del artículo 74, el vigente dispone que “el Ejecutivo Federal hará llegar a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día ocho del mes de septiembre, debiendo comparecer el secretario del despacho correspondiente, a dar cuenta de los mismos. La Cámara de Diputados deberá aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de noviembre”.

(La ahora profusa fracción IV del 74 constitucional creció también por explícita de los modos y tiempos de aprobación de la cuenta pública, que debe ser presentada por el Ejecutivo dentro de los diez primeros días de junio. También se agregaron a dicha fracción otras previsiones concernientes al presupuesto, como la excepción de fijar el 15 de diciembre para la presentación del proyecto presupuestal en el año en que se inicia un sexenio. “Sólo se podrá ampliar -señala otra salvedad- el plazo de presentación de la iniciativa de la Ley de ingresos y el proyecto de presupuesto de egresos, así como de la cuenta pública, cuando medie solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente, debiendo comparecer el secretario de despacho a informar de las razones que lo motiven”.

Con algún atolondramiento, el Ejecutivo cumplió el ocho de septiembre el envío de los proyectos respectivos. Con las prisas fueron remitidos a San Lázaro sin firmar, y mezclados con iniciativas que no venían al caso (y que fueron retiradas). Pero la Cámara procesó con demasiada lentitud esos documentos, de suerte que sólo envió la minuta de la Ley de Ingresos al Senado el tres de noviembre, casi dos meses después de recibir las mociones presidenciales. El Senado, a su vez, impuso modificaciones a última hora al plan de ingresos y evitó, con la premura del tiempo, que desde San Lázaro se insistiera en ciertas propuestas (como aprobar desde ahora el nuevo régimen fiscal de Pemex, previsto en la Ley de Derechos, y que entraría en vigor en el año 2006.

La prisa decembrina, que se quiso evitar, se convirtió en el apremio de noviembre. Apenas a las ocho de la mañana de ayer se reunió la comisión dictaminadora en San Lázaro, donde se iniciaron simultáneamente la sesión y un receso a las once de la mañana. El receso continuaba hasta el atardecer.

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