No condono en lo mínimo, bajo ningún aspecto, la práctica del terrorismo como medio de acción política. Detesto, en consecuencia, los atentados dinamiteros, los secuestros, la obtención de recursos bajo amenaza, aun si “sólo” van dirigidos contra militares o funcionarios de todo nivel del Estado español. Si estuviera probado que los cinco vascos y un mexicano por naturalización que están en trance de ser extraditados a pedido del Gobierno de Madrid participaron en acciones de ese género, encontraría justificada su remisión a España, para que respondieran de sus delitos, que lo son por más que su motivación sea la independencia de su patria vasca.
Pero las seis personas cuya suerte depende de la Secretaría de Relaciones Exteriores, previa conclusión de las impugnaciones judiciales en curso, han negado ser miembros de ETA y dedicarse en México al financiamiento de ese grupo. Y ni las autoridades españolas ni las mexicanas han aducido pruebas fehacientes de lo contrario. Lejos de ello, la detención misma de esas personas y los procedimientos que han culminado en la espera de una decisión de la cancillería, han estado plagados de irregularidades. Se trata de un ejemplo más, de los que no son infrecuentes entre nosotros, del torcimiento de la Ley y, peor aún, de la contradictoria y perversa decisión de quienes encuentran legítimo imponer la vigencia del Derecho mediante su infracción.
Junto a tres personas más, fueron detenidos entre el 18 y el 19 de julio Juan Carlos Artola Díaz, Asunción Gorrochategui, Félix Salustiano García, Asier Arronategui, Ricardo Ernesto Saez y Luis Casyañeda Vallejo. Una operación de varios modos ilegal los llevó a la cárcel, a pedido de la Corona española. Sus captores no portaban órdenes de aprehensión, ni las víctimas (porque en eso se convirtieron) fueron detenidos en flagrancia. Por lo menos en un caso, la operación fue encabezada por un agente español, a cuyas órdenes estaban sometidos los policías mexicanos. Y es que la indagación entera, la identificación y la localización de los ahora detenidos fue diseñada por autoridades españolas, a las que se plegaron las mexicanas. Por supuesto, no aduzco este sometimiento con ardor nacionalista lastimado, pues queda cada vez más clara la dimensión internacional de la justicia. Lo reprochable es que se internacionalice la violación a la Ley.
De no haber sido graves las infracciones legales cometidas durante la captura y durante sus secuelas iniciales, hubieran resultado ridículas, escenas propias de una comedia de errores, de una pieza del género chico. Recuerden los lectores que aquí nos hicimos eco del caso de una joven comerciante en material eléctrico, a la que se acusó de complicidades con aprestos terroristas, sólo porque en su establecimiento vendió implementos que acaso puedan ser empleados para fabricar bombas, según reza la acusación, pero también son utilizados normalmente para actividades industriales y artesanales. La joven comerciante sufrió injusta privación de su libertad bajo la forma de arraigo, al terminar el cual se le permitió retirarse a su casa, sin siquiera pedirle disculpas.
En el trance de extradición en que ahora se haya, después de que la semana pasada un juez federal opinó que no hay inconveniente para ello, debe evitarse la extradición en beneficio de los reos —todos ellos establecidos en México desde hace mucho tiempo, dedicados a negocios y empleos legales y abiertos— y en cumplimiento de las normas constitucionales mexicanas, que en este caso es lo relevante.
El artículo 15 prohíbe de modo expreso extraditar a presos políticos. Se ha convenido generalmente en no atribuir ese carácter a los terroristas. Pero ni siquiera se ha acusado a los seis vascos de haber incurrido en delitos de sangre, sino de pertenencia al grupo armado y de favorecerlo con operaciones irregulares. Tal pertenencia no ha sido probada por el Gobierno español. Y si la hubiera demostrado, esa conducta se inscribiría en el contexto de los delitos políticos.
Es igualmente inconstitucional la permanencia de los eventualmente extraditables en una cárcel mexicana, sin auto de procesamiento ni menos sentencia condenatoria, sujetos a una autoridad administrativa como es la cancillería. Por eso les fue concedida el martes la suspensión provisional que los deja a disposición de la autoridad judicial por lo menos hasta el 26 de julio, cuando se realice la audiencia constitucional.
El conflicto histórico que ha generado a lo largo de los siglos una tensión entre el País Vasco y el Estado español es un fenómeno poliédrico que ni siquiera a título de exposición sintética cabe en este espacio. No cabe duda, sin embargo, que millones de habitantes de esa región ibérica alimentan la concepción de formar, con la porción francesa correspondiente, una nación independiente. Ese nacionalismo adopta varias formas, antagónicas a veces pero coincidentes en los fines aunque no en los métodos. Es tan dominante la tendencia nacionalista que prefiere la opción pacífica e institucional, que el PNV que la representa es el factor hegemónico en las instituciones vascuences.
Lo es también en la vida social y por ello no es fácil la vida de quienes no comparten ese nacionalismo, sobre todo por la efusión de la lucha armada, que suscita miedo y repugnancia y se confunde con todo el nacionalismo vasco. Obligado a la solidaridad en la lucha contra el terrorismo, México no tiene porqué torcer su Ley para practicarla.