El proyecto de Ley prevé aplicar el 12 por ciento de IVA a todas las bebidas distintas a la leche, servicios de enseñanza, tranporte público, agua embotellada, etc.
MÉXICO, (SUN-AEE).-El proyecto de dictamen de la Ley del IVA elaborado por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados prevé aplicar una tasa de 12 por ciento para todas las bebidas distintas a la leche, los servicios de enseñanza, transporte público terrestre de personas, los servicios profesionales de medicina actualmente exentos, así como un 4 por ciento a la enajenación e importación de animales y vegetales.
También plantea gravar el agua embotellada en envases menores de 10 litros, con la tasa general de IVA, "ya que el agua envasada en recipientes de 10 o más litros se utiliza en gran medida para la preparación de alimentos".
La tasa general de IVA se reduce de 15 a 12 por ciento , y de 10 a 7 por ciento en las zonas fronterizas.
En el documento, entregado a los integrantes de la comisión, se aprueba el Impuesto a las Ventas y Servicios Finales al Público (IVSP) con una tasa estatal de 3 por ciento .
En el documento que será analizado hoy por el pleno de la Comisión de Hacienda para su votación se establece que es de suma importancia ampliar las potestades tributarias de estados y municipios, por eso se crea el IVSP, pero es necesario "proponer los mecanismos de compensación mediante una reforma complementaria a la Ley del Impuesto al Valor Agregado que permita resarcir la pérdida de recaudación".
Para ello, agrega, "se propone gravar con una tasa del 4 por ciento a la enajenación e importación de animales y vegetales que no estén industrializados, así como de los productos destinados a la alimentación, con excepción de los que actualmente se encuentran gravados a la tasa general del impuesto".
Añade que se debe mantener el tratamiento diferencial entre las bebidas y los alimentos sólidos, porque "el excluir del pago del impuesto a la tasa general a algún tipo de bebida alteraría las cargas impositivas que tienen las bebidas con motivo de la aplicación simultánea de los impuestos al valor agregado y especial sobre producción y servicios, generándose de esta manera efectos inequitativos y distorsiones en la producción y comercialización de estos bienes".
Este criterio, precisa, no aplica respecto de la leche, ya que este producto tiene características específicas que la hacen insustituible y diferente a las demás bebidas.
También se propone limitar la exención aplicable a las construcciones para cada habitación, a la compra-venta de casas habitación que en los dos últimos años anteriores se hubieran usado como tales, de suerte que estén afectas al pago del impuesto únicamente las construcciones de casas nuevas.
"En materia de servicios se propone eliminar la exención del impuesto al valor agregado a los siguientes: los de enseñanza, el trasporte público terrestre de personas, así como los servicios profesionales de medicina", refiere el texto.
Con esto, señala el documento, se podrán obtener "los recursos necesarios para poder otorgar a las Entidades Federativas la potestad de gravar con un impuesto local a las ventas y servicios al consumo final, apoyar a los municipios en donde se efectúa el consumo, así como crear los fondos estatales para el combate a la pobreza".
En el caso de la Ley de los Impuestos a las Ventas y Servicios al Público, que pretende gravar con una tasa del 3 por ciento el consumo final de bienes y servicios, el proyecto de dictamen apunta que el impuesto podrá ser administrado por los estados, o bien, podrán establecer un impuesto local al consumo final de bienes y servicios, con características similares al impuesto federal, en cuyo caso se suspenderá la aplicación de éste.