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Problemas en el IMSS.../Hora Cero

Roberto Orozco Melo

la peliaguda Reforma del Régimen de Pensiones y Jubilaciones, así como el candado jurídico legislado para evitar abusos en los nombramientos de empleados en el Instituto Mexicano del Seguro Social fueron aprobados el jueves anterior, muy de madrugada, por el Senado de la República. Dichas reformas ya habían pasado por la Cámara de Diputados.

Los estira y afloja que protagonizaron la dirección general del IMSS y los dirigentes de su sindicato nacional no están resueltos del todo, así que el triunfo de las huestes tecnocráticas de Santiago Levy pueden considerarlo apenas un triunfo pírrico de sus empeños reformistas.

Según los directivos del IMSS falta mucho por enmendar en las disposiciones jurídicas que han regido el funcionamiento del IMSS, las cuales proceden de la fecha en que su creación fue decretada por el presidente Manuel Ávila Camacho: el 19 de enero de 1943. Aunque el Seguro Social tuvo obligatoriedad de Ley hasta un año después, su desarrollo devino más lento, pues hasta el sexenio de Adolfo López Mateos ondeó la bandera del IMSS en 29 entidades federativas.

Nadie duda del acierto de los Gobiernos revolucionarios al crear esta institución, pues ha servido eficazmente a los fines para los que fue creada; pero nadie tiene, tampoco, la menor duda de que tales objetivos fueron perversamente desviados por los presidentes burócratas Luis Echeverría, José López Portillo, Miguel de la Madrid, Carlos Salinas de Gortari y en menor cuantía Ernesto Zedillo.

Eran tan abundantes las cuotas obrero-patronales que alcanzaron a integrar una cuantiosa reserva, cuyo destino natural debía ser, según se afirmaba entonces, la liquidación de jubilaciones y pensiones a los trabajadores industriales en los años por venir...

Mucho, muchísimo dinero, se había acumulado en los bancos, en las financieras y finalmente en la madre de todas las instituciones de ahorro: Nacional Financiera.. Pero cuán tentadores y fáciles de usar resultaron estos recursos ante el mismo Instituto Mexicano del Seguro Social, que entonces vivía un dinámico período de crecimiento material y de servicios hospitalarios; ante la Secretaría de Hacienda que podría financiar sus frecuentes déficit de ingresos fiscales con préstamos que primero fueron a corto plazo, luego a mediano, después a un término muy largo, para ser, finalmente, apuntados en el hielo con tinta aguada...

Y aún para la Presidencia de la República, que siempre tenía gastos políticos por hacer. Al fin y al cabo, decían los cínicos, el cazo era muy hondo y muy ancho y en él entraban todas las manos de los poderosos.

Desde hace cuarenta años hubo, a la contra, hombres prudentes que se mostraron preocupados por lo que podría suceder, en el futuro, por estas groseras metidas de mano en recursos comprometidos por disposición de la Ley del IMSS para soportar la senectud de miles de trabajadores de industria o de la misma institución...

“¡Carajo! -comentaban los cínicos- falta mucho para que eso suceda”. Entonces los directores generales del Seguro Social, convertidos en personajes, fueron reconocidos -creo que por LEA- como miembros del gabinete presidencial ampliado y como no faltaron quienes vieron en ello un jugoso negocio, comenzaron a ventanear sus nombres como posibles -¿qué digo posibles? ¡seguros!- candidatos a las sucesiones presidenciales. Lógico, los mandamases del IMSS lo creyeron y se dispusieron a gastar el dinero de las pensiones en saciar ambiciones personales de los dirigentes del Sindicato del IMSS y otras erogaciones derivadas de peticiones salariales y diversas prestaciones -“Hay que tener contenta a la gente para cuando se venga la grande, mi señor”:- Así, de sexenio en sexenio, aquel fondo tan cuantioso vino a terminar en miserable fondillo, lo cual nos vuelve al tema con que empezamos esta columnilla.

Dos artículos reformados destacan los medios de comunicación para el Régimen de Pensiones y Jubilaciones del IMSS: El 277 “D” de la Ley del IMSS dispone ahora que el Consejo Técnico del IMSS solamente podrá crear, sustituir o contratar plazas (laborales) con sujeción a criterios de productividad, eficiencia y calidad de servicio y por el incremento de la recaudación por cuotas obrero-patronales... Y también, desde luego, se va a requerir la previa existencia de recursos aprobados en su presupuesto para tales concretos fines, como para cubrir el costo anual de las repercusiones salariales.

Por su parte el artículo 286 “K” de la Ley reformada quedó legislado de la siguiente manera: “El Instituto administrará y manejará, conforme a los lineamientos que al efecto emita el Consejo Técnico, un fondo que se denominará “Fondo para el cumplimiento de obligaciones laborales de carácter legal o contractual”, el cual estará destinado a disponer de los recursos necesarios en el momento de la jubilación de sus trabajadores”.

No obstante la aprobación legislativa, a esta reforma le restan varios obstáculos por saltar: Queda al sindicato el recurso de amparo ante la Suprema Corte. El Secretario de Gobernación -que hasta ayer no se había despeinado en el conflicto- tendrá que buscar una urgente conciliación ante los trabajadores del IMSS ante la inminencia de un paquete de eventos de protesta, con la solidaridad de los telefonistas, universitarios y perredistas.

El propio director del organismo, Santiago Levy no podrá dormir: le falta concertar con el Sindicato del IMSS lo ya reformado y más, mucho más, de lo que queda por reformar. Señoras y señores: los problemas del Seguro Social no han concluido; más bien parece que van a empezar en serio.…

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