Los propietarios y encargados de los Cafés Internet quedaron obligados a no permitir la consulta de sitios de naturaleza pornográfica, no permitir la entrada de personas fumando, alcoholizadas o en estado inconveniente, según acordó ayer el Cabildo.
A propuesta del primer regidor, José Antonio Ramírez Guzmán, los regidores consideraron conveniente adicionar el Reglamento de las Actividades Económicas con un capítulo X denominado ?De los establecimientos con servicio de acceso a Internet?.
En las adiciones, el Cabildo fija horarios de funcionamiento y otros requisitos que deben cumplirse en el interior de los establecimientos, de los cuáles existen unos 100 en la ciudad de acuerdo a información proporcionada por el coordinador general de Inspección Municipal, Héctor Partida Romero.
En los considerandos del dictamen, presentado por la Comisión de Gobernación y de Actividades Económicas, los regidores consideraron conveniente esta adición al Reglamento considerando que los Cafés Internet han tenido un gran crecimiento, sin que tengan un debido control por no existir normativa especifica al respecto, en materia de la seguridad que deben tener los usuarios en el contenido como en las instalaciones con base a las normas de protección civil.
Otro fundamento es que la mayoría de los prestadores de este servicio no cuentan con controles para evitar el mal uso de dichos sistemas de información, debido a que sin vigilancia o límite se permite a los menores de edad y jóvenes el acceso a material ofensivo a la moral y a otros que promueven la violencia o conductas antisociales.
Con respecto a la nueva normativa, los propietarios o encargados deberán brindar en todo momento la asesoría y control de contenidos que los menores tengan a su disposición, de lo contrario se clausurará el establecimiento.
Reglamento
Ayer comenzó a circular la Gaceta Municipal No. 124 que contiene el nuevo Reglamento para el Expendio y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico, por lo que entrarán en vigor los nuevos horarios para los locales con patente.
La publicación oficial del H. Ayuntamiento del Municipio de Durango comenzó a circular desde ayer, aunque en la fecha de publicación corresponde al 31 de diciembre de 2003.
El acuerdo al artículo 143 establece que el proceso legislativo municipal se realizará de acuerdo a las siguientes reglas...
?Fracción V.-Para que el bando de policía y Gobierno y los reglamentos municipales que expida el Ayuntamiento, cobren vigencia como ordenamientos de observancia general y de interés público será necesaria su publicación en la Gaceta Municipal?.
Control para establecimientos
El Cabildo aprobó una adición al Reglamento de las Actividades Económicas en la sesión de ayer, que permitirá regular el funcionamiento de los Cafés Internet.
Requisitos
-El horario de funcionamiento podrá ser de las 7:00 de la mañana hasta las 10:00 de la noche, de lunes a domingo.
-Tener a la vista del usuario las tarifas de cobro por cada servicio ofrecido, o en su caso, el tiempo de duración de cada pago efectuado, así como las restricciones en el uso del equipo.
-Dicho anuncio contará con las medidas mínimas de 80X60 centímetros.
-No se permitirá la consulta de sitios de naturaleza pornográfica, debiendo colocar un letrero visible en el local.
-No deberá permitirse el acceso o permanencia en las instalaciones de personas fumando, alcoholizadas o en estado inconveniente.
Prohibir la realización de apuestas o concursos dentro de dichos locales.
FUENTE: Investigación de El Siglo de Durango.