Durango

Quitan al Municipio facultad para actuar

El legislador al tipificar como delito la venta de bebidas alcohólicas fuera de horario en el nuevo Código Penal se extralimitó, porque esta sanción es inoperante y exagerada, además de que le quita competencia al Municipio para actuar, declaró el juez administrativo, Ernesto Aguilar García.

Asimismo, consideró que no hubo ninguna consulta previa al Municipio, al que le quitan capacidad jurídica para actuar, porque la persecución de los delitos le corresponde al Ministerio Público.

?El legislador se extralimitó, se propasó en su propuesta, nunca consultó a la autoridad municipal en su experiencia para ver cuál era la opinión?, afirmó Aguilar García.

Agregó lo siguiente: ?De repente amanecimos con que en el Código Penal ya es delito vender bebidas con contenido alcohólico a menores de edad, que es muy bien, porque es un acto que debe castigarse con cárcel, pero la venta fuera de horario tiene que ser considera como una falta administrativa porque quien tiene la capacidad operativa para esto es la autoridad municipal?.

En el nuevo Código Penal que entró en vigor el 29 de junio se tipificaron como delitos la venta de bebidas con contenido alcohólico a menores de edad y la venta fuera de horario, que antes estaban consideradas como simples faltas administrativas que aplicaba el Municipio.

La exageración en la medida relacionada con la venta fuera de horario consiste en que si a una persona con licencia se le sorprende vendiendo a las 11 con cinco minutos ya cometió un delito y es delincuente.

?Esto se me hace exagerado e inaplicable, porque creo que va más allá de las competencias que pueda tener la autoridad como el Ministerio Público o la Policía Ministerial que realmente deben estar más ocupados en investigar y aclarar homicidios, violaciones, secuestros, que andar cuidando a las tienditas para ver si cumplen y están dentro del horario o no?, afirmó el Juez Administrativo.

En este sentido, reiteró que el Municipio es el que tiene facultades de inspección; ?de otra manera sería mejor que nos quiten esas facultades de inspección y que ahora los policías ministeriales sean los inspectores municipales?, agregó.

Reconoció que uno de los principales problemas que se da en la opinión pública es determinar a quién le corresponde combatir las ventanas clandestinas, porque unos dicen que a la autoridad municipal, a los inspectores y al Juzgado Administrativo; otros que al Ministerio Público y a la Policía Ministerial, y ?pareciera que nos echamos la pelitita uno a otros?.

?Pero está claró que la venta clandestina es un delito, y a quien le corresponde la persecución de los delitos es al Ministerio Público; y en cuanto a que se tipifique la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad o la venta fuera de horario, nos deja sin capacidad jurídica para actuar?, enfatizó.

Para Aguilar García, al Municipio se le resta competencia, porque si en estos momentos van los inspectores y sancionan a un establecimiento por vender fuera de horario, el dueño o encargado puede decir que no es la autoridad competente para aplicar la sanción que contiene el Código Penal.

DETENCIONES

Menores de edad

El 90 por ciento de las personas que detiene la Dirección Municipal de Seguridad Pública y pone a disposición del Juzgado Administrativo son menores de edad bajo los efectos del alcohol.

Así lo dio a conocer Ernesto Aguilar García, juez administrativo municipal, al considerar que el alcoholismo es un problema conjunto y común de la familia, la escuela, la cultura y los medios de comunicación.

?Debemos dejar de ver al alcoholismo como un simple trabajo de la escuela, que requiere de una acción conjunta de las autoridades gubernamentales, educativas, padres de familia y medios de comunicación?, afirmó.

Destacó que el problema del alcoholismo está empezando a los 13 ó 14 años de edad, por lo que debe considerarse un problema social grave, que no se va a resolver con una reforma al Código Penal.

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