EL SIGLO DE TORREÓN
GÓMEZ PALACIO, DGO.- Agentes de comercio, vendedores, viajantes, propagandistas, impulsores de ventas y otros semejantes, incluyendo los agentes comisionistas, son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio que establece la Ley del Seguro Social.
La Subdelegada del Seguro Social en este municipio, Nora Elena Domínguez Chávez, dijo que se está realizando una campaña de divulgación del acuerdo con asociaciones y organismos empresariales, representantes de empresas, colegios de contadores para informar sobre esta obligatoriedad.
Explicó que el Consejo Técnico del Seguro Social en su acuerdo número 278/2004 en sesión celebrada el día 23 de junio del presente año, acordó considerarlos como trabajadores de las empresas a las que prestan sus servicios ?y por tanto son sujetos de aseguramiento por el carácter de permanente en la relación laboral?.
Dentro de las acciones de divulgación, se han realizado pláticas informativas ante distintos organismos empresariales y agrupaciones sindicales.
Añadió que la mayoría de las personas que se dedican a esta actividad, sus patrones no los tienen registrados, aun cuando la Ley Federal de Trabajo los contempla en su Artículo 285. Por tal motivo el IMSS les está avisando que se revisará a cada una de las empresas para que no exista ninguna excepción.
Domínguez Chávez aclaró que este acuerdo más que un propósito recaudatorio, tiene la finalidad de proteger a los trabajadores y sus familias, para incorporarlos a los beneficios que otorga la Ley del Seguro Social como son las prestaciones médicas, económicas y sociales.
Aunque algunos patrones sí cumplen con esta obligatoriedad, pero se ha detectado que la mayoría no, ?es que muchos de ellos se ajustaban a un apartado que señalaba la propia Ley del Trabajo, pero a raíz del acuerdo referido, la situación cambió?.
Señaló que las empresas que se ubiquen en los supuestos de excepción a que se refiere dicha Ley, deberán acreditar ante el IMSS que no existe relación laboral con el tipo de trabajadores referidos.