El Reglamento para el Expendio y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólicos quedó rebasado por la existencia de lugares donde se realizan actividades propias para la gente adulta, reconoció José Antonio Ramírez Guzmán, secretario de la Comisión de Gobernación del Ayuntamiento.
A tres meses que el Cabildo aprobó esta nueva legislación municipal, el coordinador de la Fracción de Regidores del Partido Revolucionario Institucional señaló que el Municipio tiende a normar la actualidad de la vida cotidiana de las comunidades, ?en este sentido nuestro reglamento está rebasado por esta situación?, comentó.
Al hablar de la existencia de los ?table dance? y su reglamentación, indicó que lo anterior conlleva a un análisis concienzudo, porque en el caso de que se aprobaran estos nuevos giros, obviamente no se estaría dando una patente para que en estos lugares se ejerza la prostitución.
?Hay que recordar que en el caso de la práctica de la prostitución existe una regulación municipal expedida por anteriores administraciones?, dijo.
En torno a la polémica de la existencia de giros negros, aceptó que las comisiones de Actividades Económicas y de Gobernación trabajan en la creación de un nuevo giro dentro del Reglamento para el Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, para la presentación de espectáculos para personas adultas.
Ramírez Guzmán afirmó que el propósito es estudiar el caso y tomar una decisión. ?Obviamente será para reglamentar una práctica que se da, pero con esto no se busca la manera de reglamentar que en estos lugares, además de los espectáculos que se puedan presentar, se permita el ejercicio de otro tipo de actitud como la prostitución?, manifestó.
Respecto al ?table dance?, añadió que caería en el reglamento de alcoholes, que es donde se especifica tanto los giros, qué se entiende por giro, y toda la especificación claramente delimitada de cada uno.
OPERACIÓN
Redefinen 36 giros
El nuevo Reglamento para el Expendio y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico redefinió 36 giros para la operación y funcionamiento de los establecimientos que se dedican a la elaboración, envasado, almacenamiento, distribución, transportación, venta y consumo de bebidas alcohólicas.
En el artículo 10 establece, entre otros, los siguientes giros: agencia matriz, almacén, balneario, bar o cantina, bar café cantante, baño público, billar, centro nocturno, centro recreativo, club social, depósito de cerveza, discoteca, hoteles y moteles, licorería o expendio, minisúper.
Además, hay restaurantes bar, salones para eventos sociales, salón de boliche, tienda de abarrotes, ultramarinos y demás que pudiera determinar el Ayuntamiento mediante acuerdo, mismos que deberán consignar en la licencia correspondiente.
36 giros contempla el reglamento de alcoholes.