Niegan subsanar errores en periodo extraordinario de sesiones
Habrá reformas al nuevo Código Penal durante un periodo extraordinario, pero no para subsanar errores administrativos, sino para tratar de darle claridad a los diversos preceptos que contiene el ordenamiento, de tal manera que se evite la diversidad de interpretaciones (en ocasiones desviadas) pero después de un análisis previo en que se enriquezca la iniciativa con opiniones y sugerencias.
Es el diputado Juan Manuel Félix León, presidente de la Gran Comisión del Congreso local, quien hace tal apreciación en alusión a las descalificaciones que se han manifestado en contra del Código Penal aprobado por la actual Legislatura, y con vigencia desde el 29 de junio pasado.
Señaló que todos los ordenamientos están sujetos a la diversidad de interpretaciones, pero que no por ello quiere decir que se haya legislado mal. Sin embargo, en el caso del nuevo Código Penal, luego de una reunión con el Ejecutivo estatal y representantes del Poder Judicial, se acordó llevar a cabo una serie de modificaciones con el objetivo de dar claridad en lo relativo al catálogo de los delitos tipificados como graves.
Por ejemplo, en el caso de la venta clandestina de bebidas embriagantes, habría que hacer unas consideraciones para darle mayor claridad al delito y sobre todo a las sanciones.
Reiteró que ello no quiere decir que se vaya a subsanar un error administrativo, ya cubierto, con el mecanismo legislativo, sino que el propósito es evitar que vayan a proceder posibles amparos contra la fe de erratas, en el caso de los delitos de violación equiparada en menores y sustracción ilegal de personas con fines de corrupción y tráfico de órganos.
Dijo que la omisión en la redacción se subsanó con la fe de erratas que envió el Oficial Mayor, y que se publicó en el Periódico Oficial del 24 de junio, cinco días antes de que entrara en vigor el nuevo Código; pero que en aras de darle mayor certeza jurídica es que se consensó llevar a cabo el periodo extraordinario para realizar adiciones.
Afirmó que el nuevo Código Penal tiene todo un catálogo de los delitos considerados como graves, legislación que responde a las circunstancias actuales del crimen organizado. Recordó entre otros: rebelión, terrorismo, sabotaje, peculado, tortura, falsificación de títulos al portador y documentos de crédito público, asociación delictuosa, pandillerismo, delincuencia organizada, ataques a las vías de comunicación y medios de transporte, corrupción de menores e incapaces, pornografía infantil, homicidio, infanticidio, privación de la libertad personal, desaparición forzada de personas, asalto, violación, exacción fraudulenta, despojo, etc.
El diputado petista Alfonso Mercado Chávez coincidió con el coordinador de la bancada priista al señalar que las reformas no serían para rectificar el nuevo Código Penal, sino para hacer algunas adiciones que se considera necesarias, luego de recoger opiniones de especialistas.
Delitos
Reclasifican delitos
El nuevo ordenamiento contiene toda una clasificación de nuevos delitos, en congruencia con las “modernización” del crimen, entre los que sobresalen:
* Intimidación.- Artículo 161.- Se impondrán de tres a diez años de prisión y de cincuenta a quinientos días de multa a: el servidor público que por sí o por interpósita persona inhiba o intimide a cualquier persona para evitar que ésta o un tercero denuncie, formule querella o aporte información o pruebas relativas a la presunta comisión de un delito. O al que ejerza represalia contra persona que haya denunciado conducta sancionada por la ley de algún servidor.
· Ultrajes a la autoridad. Artículo 186.-Al que ultraje o haga escarnio de una autoridad en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, se le impondrán de tres meses a un año de prisión y multa hasta de cien días. Es con el fin de salvaguardar el respeto a la autoridad.
· Violación de los recintos oficiales.- Artículo 188.- Es con el objetivo de tutelar la protección de los mismos en los poderes estatal y municipal.
· Falsificación de títulos al portador y documentos de crédito público. Artículos 224 y 226: el objetivo es frenar la proliferación de estos delitos que causan estragos en la industria turística, con el uso de tecnología de punta, en detrimento no sólo del turismo, sino de la economía.
· Exacción fraudulenta.- artículo 428: se crea como una figura autónoma, con la finalidad de frenar conductas antisociales de quienes se dedican a representar causas de gestión social, con la promesa de conseguir algún beneficio de las autoridades.
FUENTE: Investigación de El Siglo de Durango.