Aplicarán reglamento para registro de empleados
En el presente mes de julio el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aplicará el reglamento conforme al cual las empresas serán sancionadas económicamente, entre 20 y 350 veces el salario mínimo, cuando no registren a trabajadores o que lo hagan con un salario menor al que deben percibir.
Como garantía para el empleado, éste puede acudir a realizar su denuncia a la Subdelegación en forma anónima, en caso de que crea que se hayan transgredido sus derechos laborales en este sentido.
Rodolfo Trevizo Olivas, subdelegado administrativo del IMSS, explica que de acuerdo con las recientes modificaciones que se realizaron a la Ley del Seguro Social, se puso en marcha el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
Por ello, a partir de julio del 2004 se podrán emitir sanciones a empresas y patrones que cometan irregularidades, al no informar correctamente el estado de sus trabajadores, como puede ser que omitan su registro o bien que lo hagan con un salario menor al que deben percibir.
En lo que va del año se han auditado 541 empresas a través de los distintos programas de verificación, de las que han resultado un promedio de mil trabajadores afectados, que a su vez fueron ya regularizados. Antes de julio no se podía sancionar a las empresas por que la ley no lo permitía, pero con las modificaciones, a partir de este mes, podrán realizarse.
Regularmente, el Departamento de Auditoría a Patrones es el que recibe las denuncias que pudieran hacer los trabajadores, en cuanto a las irregularidades que perciben, pero es muy importante que lo hagan en forma personal para dar seriedad a esta diligencia. A cambio esta área conserva el anonimato del empleado, para que no resulte afectado en la empresa.
Por otro lado, el mayor número de empresas supervisadas resultan de los distintos programas que llevan a cabo el IMSS, dentro de los que sobresalen tres.
El primero es el de auditorías directas que se hacen por orden expresa del nivel central del IMSS; las segundas son revisiones que se realizan a establecimientos por rama de actividad, en donde varios pueden estar reportando trabajadores que cotizan con salario mínimo, lo que resulta sospechoso. Por tal motivo se hacen acreedores a una visita, de la que muchas compañías resultan con irregularidades.
En el capítulo II de la Ley del Seguro Social, referente a las infracciones y sanciones, en su artículo 304 determina que ?cuando los patrones y demás sujetos obligados realicen actos u omisiones, que impliquen el incumplimiento del pago de los conceptos fiscales, que establece el artículo 287, serán sancionados con multa del cuarenta al cien por ciento del concepto omitido?, acotó.
RECOMENDACIONES
Denuncia del trabajador
El artículo 304 ?A? menciona que son infracciones a la ley no inscribir a sus trabajadores o hacerlo en forma extemporánea, además de no reportar las modificaciones de salario base de cotización de los
empleados.
· Puede acudir a la Subdelegación Administrativa ubicada en Plaza San Agustín, en el área de Auditoría a Patrones.
· Presente su denuncia en forma personal.
· No tenga miedo de denunciar, pues el IMSS guardará su anonimato.
· Puede pedir información al teléfono 837 18 47, extensión 118, también de la Subdelegación.
· Se ofrece la confidencialidad del trabajador.
· Se realiza una visita a la empresa sin que se mencione al empleado.
FUENTE: Auditoría a Patrones de la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social.