Durango

Señalan hay peligro por consumir de agua

Análisis del IPN arroja que agua en Durango contiene arsénico

Un resultado de análisis sobre la calidad del agua que se consume en Durango, efectuado por investigadores del Centro Interdisciplinario de Investigación para el Desarrollo Integral Regional del Instituto Politécnico Nacional, arrojó que de las 13 muestras obtenidas al momento de salir de la llave, solamente dos cumplieron con los límites de los parámetros que establece la NOM sobre la presencia de flúor y arsénico, y el resto las rebasa, lo que representa un riesgo para la salud de quien la consume.

Lo anterior fue dado a conocer en rueda de prensa por los diputados panistas Víctor Joel Martínez y Rubén Velasco, quienes distribuyeron una copia de los resultados de los análisis realizados por los investigadores politécnicos, Ignacio Villanueva Fierro e Isabel Cristina López González.

Según el informe remitido el 21 de junio pasado a los legisladores panistas, quienes solicitaron el análisis al CIIDIR, ?el parámetro de flúor de 1.5 mg/L en el agua para beber no se cumple ni en el agua embotellada que se vende en la Colonia Hidalgo. En cuanto al arsénico, cuya medida que establece la NOM se cumple en sólo dos lugares, uno en la colonia Echeverría y otro en el 5 de Mayo, aunque ambos están casi al límite?.

Según los diputados de la bancada panista en el Congreso local, del análisis se desprende que hay altos grados de contenido de flúor y arsénico en el agua potable de Durango, y que en algunos casos rebasan los parámetros que presenta la NOM.

Los resultados específicos fueron los siguientes en el caso del flúor: Colonia Hidalgo 5.7 partes por millón, en esa misma población pero en otra zona subió a 5.9, y el agua embotellada 3.6; en la colonia 20 de Noviembre, 6.3; fraccionamiento Villas del Guadiana, 5.9; Octavio Paz, 6.3; Fidel Velázquez II, 5.7; 5 de Mayo, 5.1 en dos zonas; Forestal Alfa, Ciudad Industrial, 5.8; fraccionamiento San Gabriel, 3.4; Real Victoria, 5.5; y Luis Echeverría, 4.9.

El arsénico, cuya NOM establece 50 partes por billón: Colonia Hidalgo, 178 partes por billón; 20 de Noviembre, 67; agua embotellada Col. Hidalgo, 16; Villas del Guadiana, 81; Octavio Paz, 69; Fidel Velásquez, 61; 5 de Mayo, 48 y 55; Ciudad Industrial, 65; San Gabriel, 53; Real Victoria, 72; Luis Echeverría, 42.

?Es triste reconocer que hay casos específicos de personas que padecen las consecuencias de este problema, por lo que es preciso aprovechar este espacio para hacer un llamado urgente a las autoridades (Sideapa, JEAPA y Conagua), para que tomen cartas y de alguna manera se finquen sanciones por responsabilidades?.

Además, el coordinador de la fracción panista, Víctor Joel Martínez, se pronunció por buscar una reunión con los titulares de Sideapa, JEAPA y Conagua, a fin de analizar los resultados del estudio realizado por el CIIDIR, y proponer medidas a tomar.

INFUNDIOS

Critica Sideapa

El informe conjunto que el 27 de mayo pasado enviaron al Congreso local los titulares de Sideapa, JEAPA y Conagua concluye que ?desafortunadamente el mal uso de este tipo de información genera aseveraciones infundadas, que alarman a la población, ya que no se ha registrado ningún caso o antecedentes de una problemática de este tipo en nuestro municipio, pues se requieren de extensas investigaciones con sustento científico para poder concluir que un elemento pueda causar padecimiento o daños a la salud tan específicos; por lo que es el Sector Salud, como entidad normativa, la instancia oficial que puede, de manera veraz y responsable, informar y dar a conocer este tipo de situaciones?.

Además, señalan que no obstante lo anterior, con la finalidad de prevenir posibles afectaciones a la salud de la población por la ingesta de agua no apta para consumo humano, la ?Secretaría de Salud y la Comisión Nacional del Agua continuarán realizando la revisión tanto a los sistemas de abasto de agua potable, así como a las empresas envasadoras de agua purificada para verificar el cumplimiento de la normatividad, y en caso contrario proceder de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Salud, Ley de Aguas Nacionales y demás legislación aplicable en la materia?.

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