A lo largo de casi diez años me ha tocado participar en tres distintas mesas de negociaciones para una reforma política electoral.
La primera desde el Congreso del estado en mi calidad de presidente de la entonces Gran Comisión de ese cuerpo colegiado. La segunda desde el Ejecutivo cuando me desempeñaba como director general de Gobierno y Asuntos Jurídicos; y la tercera, como representante del Poder Judicial.
En todas ellas se elaboraron agendas temáticas y en ellas siempre se incluyó como punto a debate las llamadas candidaturas independientes, que son aquéllas mediante las cuales un ciudadano que no pertenece a ningún partido puede competir por un determinado cargo de elección popular.
En todas esas ocasiones la discusión sobre ese tema duró escasos minutos, pues sin excepción, todos los representantes de los partidos políticos con registro en Coahuila (que eran los negociadores) se opusieron a que el tema fuera tratado y por tanto se desechó.
Para cualquier observador resultaba obvia esa oposición, pues en las condiciones actuales los partidos tienen el monopolio del acceso al poder público y si se autorizaran las candidaturas independientes perderían sin lugar a dudas ese monopolio.
Pero además, de aprobarse, se exhibirían frente al electorado en su justa dimensión, pues resulta innegable que una parte importante de la ciudadanía que acude a las urnas a votar se ve obligada, por decirlo así, a optar por algún candidato de determinado partido. Otros electores más, ni siquiera se toman la “molestia” de ejercer su derecho ciudadano y simplemente no acuden a las urnas porque no les gustan los partidos contendientes.
Si se abriese la posibilidad que ciudadanos independientes participaran como candidatos sin necesidad que un partido los postulase, no sería remoto que, con el apoyo de los electores libres, ganasen las elecciones.
Todo esto viene a colación por la petición que recientemente formuló la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a la Corte también Interamericana para el efecto que se le ordene al IFE registrar preventivamente la candidatura independiente de Jorge Castañeda.
La Comisión ya había emitido una recomendación en el sentido que el IFE hiciera ese registro, pero este organismo se negó a ello alegando que no estaba contemplada tal posibilidad en la Ley electoral mexicana.
Como la recomendación de la Comisión no es vinculante (obligatoria para el IFE), ésta ejerció su facultad de recurrir a la Corte para el efecto de que, si comparte su criterio, ordene (ésta sí) el registro de Castañeda.
De acuerdo con la Convención Americana (también conocida como Pacto de San José, por haber sido suscrita en Costa Rica) que crea la Corte no es posible que un particular acuda de manera directa y personal ante ella. Por eso, el pedimento lo tuvo que formular la Comisión.
Es importante puntualizar que, de acuerdo con la Convención, la competencia consultiva de la Corte sí es obligatoria para los estados suscriptores de este pacto internacional y México es uno de ellos.
En tal estado de cosas, es posible que la Corte se pronuncie a favor de Castañeda y si así fuera, el derecho mexicano puede dar un trascendente vuelco en materia de candidaturas.
Eso no significa ni con mucho que Castañeda esté, de ser el caso, en posibilidades de ganar la elección presidencial, pero sí que tal decisión abra la puerta para que tanto a nivel federal como local se legisle sobre este tipo de candidaturas.
De ser así, muchos ciudadanos que hasta hoy se han abstenido de participar en política por no comulgar con ninguno de los partidos existentes podrían registrarse como candidatos independientes. Y si como comentamos, el elector libre, que es el mayoritario, llegara a votar por ellos, la historia de este país podría cambiar.
Creo que aunque resulte paradójico, las candidaturas independientes pueden llegar a ser útiles a los partidos políticos, pues éstos se verían obligados a mejorar sus procedimientos de selección, ser más propositivos y dar mejores respuestas a la ciudadanía, con todo lo cual se beneficiaría el sistema mexicano.