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Addenda/Margallate

Germán Froto y Madariaga

Reitero mi opinión en el sentido de que en el caso de Andrés Manuel López Obrador fue correcta la decisión del presidente Vicente Fox de buscar una salida política al conflicto, aunque se tuviera que revestir esta de cierta forma jurídica.

Pero nunca me imaginé que para lograr ese objetivo la Procuraduría General de la República recurriera a un argumento jurídicamente írrito, pues habiendo dicho una cosa, ahora dice exactamente lo contrario.

La verdad no entiendo esa manera de actuar que en esencia y técnicamente es responsabilidad del nuevo procurador Daniel Cabeza de Vaca.

Quizá el que no lo entienda se deba a que en el momento de escribir estas líneas (en el crítico día 5, del mes 5, del año 2005) se encuentran en conjunción los planetas: Neptuno, Marte, Mercurio, Urano, Venus, Saturno, la Luna y el Sol, lo que me hace suponer que la gran fuerza de atracción de este fenómeno astrológico, sobre la Tierra y todos los que en ella estamos, me ha sorbido el seso.

¿Cómo que después de 43 meses de controversia entre el Ejecutivo federal y el Gobierno del DF, ahora resulta que sí se cometió el delito, pero no hay sanción para el que lo cometió? O séase, que a quien ellos llamaban “el señor López” y hoy ha vuelto a ser el jefe de Gobierno, Andrés Manuel López Obrador, sí es delincuente, pero no hay forma legal de castigarlo.

¿Cómo puede ser que luego que la PGR solicitó el desafuero y tras once meses de estudio en la Comisión Instructora de la Cámara de Diputados, nadie se percató de ello? Nada, la verdad es que desestimaron ese argumento jurídico como lo hicieron con otros más.

¿Cómo que el estudio de las 16,000 hojas de que consta el expediente que confeccionó en su momento la Procuraduría, fue estudiado ahora en unos cuantos días y se llegó a tan “brillante” solución?

De una plumada la PGR, que antes había desechado ese argumento de que la norma que contempla la violación a una suspensión de Amparo no tiene exacta sanción y por tanto es imperfecta, determinó ahora en forma sumarísima que siempre sí era admisible y válido.

Y para colmo, se apoyó para ello en la misma tesis jurisprudencial que antes le sirvió para decir lo contrario, esto es, que sí había pena que aplicar a la conducta infractora que se le imputaba a Andrés Manuel, pues tal razonamiento se deriva de la tesis por contradicción 46/1997 de la Corte, que dice que en esos casos el delito de desobediencia remite al de abuso de autoridad para efectos de la sanción.

Tanto estudiar para venir a caer en que de todas maneras uno no entiende nada.

Tanto empeño y cuidado que ponemos en cumplir, como autoridades, con las resoluciones de Amparo para descubrir ahora que para la Procuraduría el desacatarlas no constituye un delito.

Claro está que una golondrina no hace verano y ningún modesto juez o magistrado local tiene el poder de convocatoria como para reunir a más de un millón de gentes que protesten porque lo quieren desaforar, así que por convicción y seguridad debemos seguir actuando igual respecto de los fallos que dictan los jueces, magistrados y ministros federales.

Pero no faltarán otras autoridades, sobre todo del orden administrativo, que a partir de esta determinación de la Procuraduría se rían de las resoluciones federales que las conminan a respetar los derechos fundamentales de los ciudadanos.

El precedente, sin duda, puede convertirse en algo grave para el sistema jurídico mexicano, con todo y que digan que van a reformar la Ley para precisar la sanción que corresponde a ese delito.

Todo esto evidencia, dicho sea de paso, que al propio Andrés Manuel ya le urgía (como a muchos) acabar con este enredo, pues él acepta la decisión y se alegra de que las cosas paren ahí, aunque la Procuraduría afirme que el delito existió, lo que por tanto lo convierte materialmente en un delincuente.

Si en la averiguación que tramitó la Procuraduría hay, como se ha afirmado, tantas inconsistencias jurídicas desde su origen, tal vez lo más indicado hubiera sido que el caso concluyera en tribunales, en el ámbito del Poder Judicial Federal y no en el del Ejecutivo.

¿Qué cómo lograr eso? Pues determinando que el juez de Distrito no debió haber consignado directamente a la Procuraduría, sino que lo que lo que tenía que haber hecho era dar vista a la Suprema Corte y que ésta determinara lo conducente.

De esa manera el expediente de la averiguación hubiera pasado a la Corte y con todas las inconsistencias que hay en él, el Pleno del máximo Tribunal en el país con seguridad determinaría no solicitar el desafuero y se habría llegado a la misma conclusión, pero con mayor pulcritud y certeza jurídica.

Claro que no faltarán los que digan que ésa tampoco es una buena solución jurídica. Pero no podrán negar que es mejor que la que le dio a este asunto la Procuraduría.

La PGR armó un verdadero margallate. Pero lo bueno para Cabeza de Vaca es que los juristas somos un porcentaje ínfimo dentro del total de la población que no sabe ni entiende de derecho, ni quiere saber.

Y yo, la verdad, después de lo que hizo la PGR me puedo sumar honestamente al porcentaje mayoritario que se confiesa ignorante de temas de derecho que, como éste, no se entienden. Quizá la “sapiencia” de los asesores jurídicos de la Procuraduría rebasa nuestros rudimentarios conocimientos de este criptográfico sistema de derecho.

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