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AGUAS CON SU RESULTADO FISCAL 2005

C.P.C. CARLOS ALATORRE DRESEL

A partir del ejercicio de 2005 fue eliminado el concepto de ?Compras? y sustituido por el de ?Costo de ventas? dentro de las deducciones para determinar la base gravable del Impuesto Sobre la Renta.

Un gran número de contribuyentes acudieron a los tribunales para demandar la inconstitucionalidad de estas modificaciones a la Ley. Sin embargo, el resultado que tendrán estas demandas es incierto y sería un error el dar por hecho que serán ganados estos juicios de amparo.

Dado que las modificaciones mencionadas incluyen también el absorber en 2005 y años posteriores el impacto del Impuesto Sobre la .Renta (ISR). que se había diferido en virtud del sistema que estuvo vigente hasta 2004, hemos constatado en los cálculos preliminares de este ejercicio que el impacto en el costo fiscal es, en general para los negocios, muy importante.

Aunado a lo anterior, hemos de mencionar que la mecánica para calcular los pagos provisionales del ISR para 2005 no fue adecuada para anticipar la nueva base gravable que involucra al costo de ventas. Es decir, que contempla un coeficiente de utilidad que toma una base con deducción de ?Compras? y no el ?Costo de ventas? que tendrá vigencia en 2005, por lo que en muchos casos el resultado es que los pagos provisionales que se han venido efectuando no son proporcionales a la base gravable acumulada del ejercicio de 2005.

A estas alturas del año, creo que no ha sido capitalizado por parte de los contribuyentes esta situación, y la desagradable sorpresa de la realidad de un ISR exagerado que surja al momento de hacer el cálculo anual puede provocar dos posibles escenarios:

UNO: que el contribuyente se enfrente a la imposibilidad de pagar las cantidades que le resulten al final del ejercicio.

DOS: que el cabal cumplimiento del pago del ISR lo deje en una situación de falta de liquidez que merme de manera importante su situación financiera para enfrentar los requerimientos de capital de trabajo de su operación.

Aquellos contribuyentes que tienen interpuestas las demandas en los juicios de amparo que ya fueron mencionados pueden estar pensando ?Que al cabo yo ya estoy amparado?, sin embargo es saludable plantearse la posibilidad de que estos juicios no resulten favorables, por lo que habría que estimar el resultado fiscal de este año y anticipar la estrategia para enfrentar esta situación.

Así es que?CON SU RESULTADO FISCAL DE 2005.!

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