El Siglo de Torreón
TORREÓN, COAH.- Los usuarios de servicios financieros en México hoy estarán más protegidos. A partir de los cambios a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, la Condusef tiene mayores facultades para solicitar documentación a las instituciones y agilizar las reuniones de conciliación entre las partes.
Pablo Velázquez Villarreal, subdelegado de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) en Coahuila, comenta que las modificaciones a dicha Ley representan un gran avance para este organismo, ya que se le dado un mayor poder de solicitar información y aplicar sanciones por no cumplir con lo solicitado.
A pocos días de que fueron publicados estos cambios, el entrevistado destaca que los nueve puntos más relevantes que tiene esta Ley, destacan el apartado en donde se amplía el plazo para la presentación de las reclamaciones, de uno a dos años, el cual empezará a contar a partir de que se presente el hecho que les dio origen o bien, a partir de la negativa de la institución a satisfacer las pretensiones del usuario.
Un apartado relevante y que presenta un gran avance al realizar las reuniones de conciliación es el relacionado a dar facultades para solicitar, en todo momento, a la institución financiera, información, documentación y todo aquellos elementos que considere pertinentes, siempre y cuando estén directamente relacionados con la reclamación.
Explica el entrevistado que dicho punto ya estaba contemplado, sin embargo, no se precisaba el tipo de documentos o datos podría solicitar la Condusef para aclarar cualquier reclamación, por lo que ahora se da una mayor precisión y no sólo se aceptarán informes que presente el banco o aseguradora.
Opina Pablo Velázquez que dichos cambios darán una mayor fuerza a la Condusef en su campo de acción.
Dentro del procedimiento conciliatorio, las modificaciones a la Ley permiten ahora que los convenios celebrados ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros tendrán los efectos de cosa juzgada y traerán aparejada ejecución. Al respecto, Pablo Velásquez menciona que los convenios pactados en reuniones de conciliación podrán presentarse ante un juzgado para su aplicación, pese a que una de las partes haya incumplido con lo pactado.
El subdelegado declara que la Condusef es un organismo joven, ya que inició operaciones en mayo de 1999, teniendo a la fecha sólo dos modificaciones a su marco legal: enero de 2000 y mayo de 2005. Considera que hubiera sido muy positivo que la Ley aprobará la obligación a las instituciones financieras de someterse al arbitraje, dando con ello a la Comisión una mayor fuerza al presentarse no sólo la reclamación, sino dar también un laudo, agilizando con ello las quejas que se presentan diariamente.
Sin ética
En conferencia de prensa, Óscar Levín, calificó de indecentes y faltas de ética a las empresas que piden historial crediticio a los solicitantes de empleo.
Indicó que es creciente la tendencia de usuarios que consultan su situación crediticia, pero lo hacen porque algunas empresas se los piden como requisito para conseguir un empleo, aunque declinó precisar de qué empresas se trata.
Levín Coppel consideró ilógico este requisito, pues se cae en un círculo vicioso: si una persona solicita empleo es porque está desempleada, y si está registrada es porque dejó de hacer algún pago, y al negarles el empleo menos tienen ingresos para cubrirlo.
Opinó que para mejorar la competitividad del Buró de Crédito sería conveniente que existieran más instituciones de este tipo, pues hasta hoy solamente existe uno que presta sus servicios con tarifas que consideró caras.
Recordó que de acuerdo con la legislación, las personas físicas o morales pueden desaparecer de los registros del Buró de Crédito después de 84 meses de haber incumplido un pago, esto quiere decir que hasta siete años después de su incumplimiento el deudor puede acceder al “derecho de olvido”.